Aclaración de la prórroga para el uso del CFDI de nómina 3.3

Por: L.C. Luis Velasco Velasco.

El pasado octubre la autoridad fiscal presentó una actualización respecto a la vigencia el nuevo CFDI de nómina, lo que ha ocasionado gran confusión entre los contribuyentes respecto a la entrada en vigor del CFDI 4.0. ¡Aquí aclaramos dudas! 

El 31 de octubre, el Servicio de Administración Tributaria difundió la segunda versión anticipada de la Novena Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2022, donde en un artículo Quinto transitorio se estableció lo siguiente:

Cabe aclarar que conforme a esta disposición lo que se prorrogó hasta el 31 de marzo de 2023 es solo el CFDI de nómina 3.3 con complemento de nómina versión 1.2 ya que anteriormente se establecía que la versión 4.0 del CFDI con su complemento de nómina versión 1.2, sería aplicable a partir del 1 de enero de 2023.

Ante tal noticia, en algunos medios se ha difundido esta información de manera inexacta en el sentido de que todo el CFDI versión 4.0 se prorrogó hasta abril de 2023, lo que resulta incorrecto dado que la prórroga solo se otorgó para el uso del CFDI versión 3.3. y su complemento de nómina como se señaló anteriormente.

Derivado de lo anterior, vale la pena recordar que solo queda 2022 para utilizar el CFDI versión 3.3 (excepto el comprobante de nómina) por lo que es necesario llevar a cabo la actualización de los sistemas de facturación lo más pronto posible para iniciar con la versión del CFDI 4.0 desde el 1 de enero de 2023.

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