Alimentos de consumo básico exentos del pago del IEPS

Te decimos en qué casos un alimento puede quedar libre de impuesto.

En relación al gravamen implementado por la autoridad fiscal para desincentivar el consumo de alimentos considerados chatarra o que no se consideran de consumo básico para la población, la misma autoridad ha aclarado qué alimentos son considerados básicos y por consiguiente no están sujetos al pago del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).

Para los efectos de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (LIEPS) se entenderán como alimentos de consumo básico los siguientes:

A. Cadena del trigo:

  • Tortilla de harina de trigo, incluyendo integral.
  • Pasta de harina de trigo para sopa sin especies, condimentos, relleno, ni verduras.
  • Pan no dulce: bolillo, telera, baguette, chapata, birote y similares, blanco e integral, incluyendo el pan de caja.
  • Harina de trigo, incluyendo integral.
  • Alimentos a base de cereales de trigo sin azúcares, incluyendo integrales.

B. Cadena del maíz:

  • Tortilla de maíz, incluso cuando esté tostada.
  • Harina de maíz.
  • Nixtamal y masa de maíz.
  • Alimentos a base de cereales de maíz sin azúcares.

C. Cadena de otros cereales:

  • Alimentos a base de cereales para lactantes y niños de corta edad.
  • Alimentos a base de otros cereales sin azúcares, incluyendo integrales.
  • Pan no dulce de otros cereales, integral o no, incluyendo el pan de caja.

De los alimentos enlistados, podemos apreciar cómo se tienen en consideración a 2 alimentos que son de consumo primordial y base de la dieta de la población mexicana: la tortilla y el pan.

Hay que recalcar que los productos aquí mencionados no deben ser fritos, horneados, explotados o tostados y adicionados de sal, así como contener otros ingredientes y aditivos para alimentos, ya que podrían considerarse como botanas y en ese caso pagarían el IEPS de acuerdo a la Ley.

Conclusiones

Los alimentos considerados básicos para la población no estarán sujetos al pago del IEPS, siempre y cuando se apeguen a las descripciones que la misma Ley exige, ya que de lo contrario se verán afectados por dicho gravamen, lo que aumentará el costo al consumidor, impactando así a su economía.

¿Consideras que hay algún alimento que paga el IEPS y que no debería hacerlo? ¿Qué opinas sobre el impuesto a la comida chatarra?

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