Aspectos generales para entender la Ley Fintech

Por Roberto Almaraz González.

Como bien ya debemos de saber, en el mes de marzo del año en curso se aprobó la Ley que Regula a las Instituciones de Tecnología Financiera, o conocida como Ley Fintech, pero ¿qué es exactamente esta legislación y para qué me podría servir?

Para comenzar debemos saber que las instituciones de tecnología financiera son aquellas plataformas a través de las cuales se facilita la celebración de operaciones y servicios financieros relacionados con el acceso al financiamiento e inversión, servicios de emisión, administración, redención y transmisión de fondos de pago electrónico, así como el uso de activos virtuales.

Las empresas involucradas en este mercado son:

a) Pagos electrónicos. Monederos en línea, compras vía celular y transferencias de dinero, la regulación prudencial fue emitida por Banco de México en el mes de septiembre del año en curso, la misma es denominada “Operaciones de las instituciones de fondos de pago electrónico”.
b) Financiamiento colectivo. Inversiones en proyectos que son “ofertadas” a través de diferentes plataformas y que también es denominado “crowdfunding”.
c) Activos virtuales. Monedas y divisas electrónicas.

La regulación prudencial (o adicional) fue emitida por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), en el mes de septiembre, y la misma considera aspectos particulares que busca prevenir y mitigar el riesgo de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, siempre estableciendo un marco regulatorio aceptado y probado internacionalmente.

Otra de las directrices importantes es que desdibuja un régimen de divulgación de los riesgos a los que están sujetas las empresas, y por tanto deben difundir la información necesaria para que los clientes puedan identificar los riesgos que asumirán al entrar a esta clase de operaciones.

Uno de los puntos sobresalientes es que la Ley pretende fortalecer el gobierno corporativo al contar con:

a) Consejo de Administración
b) Director General
c) Comité de Auditoría
d) Comité de Comunicación y Control
e) Oficial de Cumplimiento

Lo anterior es sobresaliente, pero ¿hasta qué punto puede seguir siendo rentable un negocio al que se le pretende sobre regular y quitándole la alta expectativa que tenía?

Por último, la gran sorpresa fue la inclusión de las operaciones con criptomonedas, pero que sólo podrá hacerse con las autorizadas por el Banco de México, de acuerdo con una serie de criterios establecidos en la regulación.

De acuerdo con la regulación, además de solicitar su registro como ITF ante la CNBV, las empresas que pretendan realizar operaciones con criptomonedas deberán solicitar autorización del Banxico.

Es una buena oportunidad para el mercado mexicano innovar y ponerse en la tendencia sin volver al campo de la prohibición, esperemos que el experimento resulte en buenas cosas.

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