Avisos de actualización de socios o accionistas

Por: L.C. Luis Velasco.

¿Tu empresa está al día con los nombres e información clave de los socios y accionistas? Recuerda que en este 2020 tienes hasta el 30 de junio para cumplir.

Es necesario recordar que para 2020 se efectuaron algunas adecuaciones al artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF), donde se incluyó una obligación mediante la fracción VI de su apartado B para las personas morales relativas a la presentación de un aviso donde deben informar el nombre y la clave de los socios o accionistas, cada vez que se realice alguna modificación o incorporación respecto a estos.

Asimismo, es necesario recordar que desde antes de 2020 existía una obligación para que los socios o accionistas sean inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) bajo la actividad de socios o accionistas de personas.

En relación con lo anterior, la obligación mencionada deberá ser también cumplida por las personas morales que no hayan solventado previamente la obligación de registrar sus accionistas o socios al RFC.

En términos generales, para cumplir con la obligación de referencia y conforme a la regla 2.4.19 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente, habrá que presentar un caso de aclaración en la cual informarán el nombre y la clave del RFC de los socios o accionistas cada vez que se realice una modificación o incorporación, conforme a la ficha de trámite 295/CFF «Aviso de actualización de socios o accionistas», contenida en el Anexo 1-A, dentro de los treinta días hábiles siguientes a aquél en que se realice el supuesto correspondiente ante la ADSC.

Adicionalmente, se deberá presentar en el trámite 295/CFF la información de socios extranjeros para lo cual deberá presentarse utilizando el RFC genéricos EXT990101NI1 y/o EXTF900101NI1, según corresponda para persona moral o física.

Un tema adicional a considerar es que de acuerdo al artículo Cuadragésimo Sexto de la RMF vigente, para los efectos del artículo 27, apartados A fracción III y B fracción VI del CFF, las personas morales que no tengan actualizada la información de sus socios o accionistas ante el RFC, deberán presentar el aviso a que hace referencia la regla 2.4.19., con la información correspondiente a la estructura con la que se encuentren en ese momento por única ocasión a más tardar el 30 de junio del 2020.

Es importante mencionar que el no cumplir con la obligación mencionada anteriormente podría originar una infracción y una multa que se contiene en el artóculo 19 y 80 de CFF que va desde $4,200 a $8,390. Asimismo, conforme al artículo 17-H Bis del mismo CFF las autoridades fiscales podrán restringir temporalmente el uso del Certificado de Sello Digital cuando se detecten las conductas infractoras señaladas anteriormente.

Derivado de lo anterior, es importante revisar la situación en relación con la actualización de la situación de los socios y accionistas y en su caso presentar el aviso correspondiente por única vez el 30 de junio o bien cuando corresponda a alguna modificacion a la estructura accionaria o bien en caso de incorporación de algún socio anexando al trámite el docuemento protocolizado y digitalizado correspondiente.

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