¿Cómo evitar multas por no cumplir por la Ley Antilavado?

Conoce las situaciones de riesgo y prevención de operaciones sobre lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. ¿Qué controles se deben establecer en las empresas?

Hace algunos meses se dieron a conocer las cifras por las multas que interpuso el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el monto asciende a un poco más de 1.9 mmdp a un poco más de mil contribuyentes, lo que suena alarmante y hasta cierto punto escandaloso debido a que podría inferirse que las multas por contribuyente ascienden a un poco más de 1.9 mdp por cada uno de ellos.

Estos montos representan más gasto que si se contratara un especialista en la materia para prevenir e implementar controles en materia de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo, dado que los montos aumentan al contratar a posibles defensores.

¿Qué es lo que debe hacer una empresa para evitar ser multada?

Existen muchas razones y, en columnas pasadas se delimitaron acciones por las cuales una empresa debería estar enterada, una de las acciones para que una empresa evite ser multada es identificar a los clientes y usuarios con quienes se realicen actividades vulnerables o que estén sujetas a supervisión, esto deberá hacerse validándose con documentación oficial y credenciales suficientes.

Otro de los puntos importantes y que deben tomarse en consideración es presentar los avisos ante la SHCP en los tiempos y las formas en que son indicados, y a través del portal dedicado para tal efecto.

Es importante recordar que lo único que debe hacer la empresa es lo siguiente:

a) Cumplir con los requerimientos de la LFPIORPI;
b) Cumplir con la identificación de sus clientes o usuarios;
c) Solicitar información sobre su ocupación en caso de que se establezca una relación de negocios;
d) Preguntar al cliente o usuario sobre la existencia de un dueño-beneficiario;
e) Proteger y resguardar la información soporte de la actividad vulnerable y guardar esta información por menos 5 años;
f) Permitir las visitas de verificación;
g) Cumplir con la obligación de presentar a tiempo los avisos (30 días siguientes a la fecha de la operación);
h) Que los avisos se envíen con los requisitos señalados en la LFPIORPI;
i) Respetar las restricciones del uso de efectivo y de metales preciosos.

Es imprescindible que las empresas tengan en cuenta el tener a un especialista en la materia debido a la gran especialización que se han sometido a lo largo de su carrera, así como las distintas certificaciones que pudieran tener, y que en estricto sentido reduciría o eliminaría de facto los costos inútiles que esto origina.

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