Generalidades del Estímulo Fiscal 2022 por el «Buen Fin»

M.D.T. y L.C. Mabel Salazar

El Buen Fin es un evento que reúne a distintas marcas, negocios y empresas con la intención de promover descuentos durante días específicos del mes de noviembre; así como reactivar la economía nacional fomentando el consumo, apoyar la economía familiar ofreciendo productos y servicios a mejores precios.

Este año el gobierno de México dio a conocer —por medio del Diario Oficial de la Federación (Decreto por el que se otorgan estímulos fiscales para incentivar el uso de medios de pago electrónicos), en su edición del 21 de octubre del 2022— los estímulos fiscales aplicables a las mipymes participantes en el programa de El Buen Fin.

Adicional al sorteo anual que se realiza, y en el cual se otorgan dos premios mayores: uno para el consumidor (250 mil pesos) y otro para el establecimiento (260 mil pesos), hubo premios por un total de 500 millones de pesos, a repartir 400 millones entre consumidores y 100 millones entre comercios participantes.

Así, el estímulo fiscal consistirá en acreditar contra el ISR —propio o el retenido a terceros por este impuesto— el monto que corresponda a la entrega de premios que efectúen dichas entidades, por conducto del gobierno federal, a las siguientes personas:

  • Tarjetahabientes personas físicas cuando hayan utilizado como medios de pago tarjetas de crédito o de débito en la adquisición de bienes o servicios durante el periodo del 18 al 21 de noviembre de 2022; a personas físicas o morales registradas en el portal web de «El Buen Fin» para el ejercicio fiscal de 2022, y siempre que los citados tarjetahabientes hayan resultado ganadores en el Sorteo «El Buen Fin» realizado por la autoridad fiscal.
  • Personas físicas o morales que enajenen bienes o presten servicios y reciban como medios de pago tarjetas de crédito o de débito durante el periodo del 18 al 21 de noviembre de 2022, cuyos ingresos acumulables en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de cinco millones de pesos, siempre que se encuentren registradas en el portal web de «El Buen Fin» y hayan resultado ganadoras en el Sorteo «El Buen Fin» celebrado por la autoridad fiscal.

Los interesados debieron acreditar el estímulo fiscal otorgado contra los pagos provisionales, definitivos y anuales del ISR, propio o el retenido a terceros por este impuesto, hasta agotarlo; a partir del mes siguiente a aquel en que se realizó la entrega de los premios a cada ganador, siempre y cuando entregaran a la autoridad recaudatoria la información que ella misma determinó mediante reglas de carácter general.

Adicional, los ganadores del sorteo ahora gozan de beneficios, como:

  • quedar relevados de presentar el aviso a que se refiere el artículo 25, primer párrafo del CFF para efectos del acreditamiento de estímulos fiscales, y
  • que el monto ganado no se considere un ingreso acumulable.

Para poder obtener dichos beneficios los comercios debieron registrarse en el portal de El Buen Fin, antes del 17 de noviembre y estar al corriente con sus obligaciones fiscales, así como tener una opinión del cumplimiento positiva y Buzón Tributario activo.

Como ves, es sencillo participar en este programa de reactivación económica cuyos beneficios son atractivos y por de más útiles para las finanzas de los contribuyentes. Esperamos que hayas sido parte de él; si no, no te quedes fuera en su próxima edición, aprovecha sus ventajas para empresarios y consumidores.

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