IMSS que reconoce al COVID-19 como riesgo de trabajo para trabajadores del Instituto

Por: L.C. Luis Velasco.

Conoce el proceso acordado en el IMSS para el seguimiento a los trabajadores que laboren en el Instituto y sean identificados como casos confirmados y sospechosos de COVID.

El pasado 29 de julio se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el acuerdo del Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS):
ACDO.AS2.HCT.240620/173.P.DPES, donde se instruye a la Dirección de Prestaciones Económicas y Sociales, mientras dura la contingencia derivada de la pandemia por COVID-19, para que en coordinación con la Dirección de Administración y la Dirección de Prestaciones Médicas, en los casos de trabajadores del IMSS, que laboran en Unidades Médicas y que hayan sido identificados como confirmados o sospechosos por COVID-19, se les reconozca la Incapacidad Temporal para el Trabajo con diagnóstico de COVID-19 y probable COVID-19, como Riesgo de Trabajo, posterior a verificar su asistencia a laborar hasta 14 días previos al inicio de los síntomas.
A los trabajadores IMSS que laboran en Unidades no Médicas, el médico de Salud en el Trabajo, llenará anverso y reverso del formato ‘Aviso de atención médica y calificación de probable enfermedad de trabajo ST-9’, obviando sello y firma del patrón del centro de adscripción laboral y emitirá calificación correspondiente, previa caracterización de la exposición.
En casos de defunciones, los médicos de los servicios de Salud en el Trabajo, llenarán anverso y reverso del formato ‘Aviso de atención médica y calificación de probable enfermedad de trabajo ST-9’, obviándose sello y firma del patrón del centro de adscripción laboral y elaborarán el formato ‘Dictamen de incapacidad permanente o de defunción por riesgo de trabajo ST-3’, con base en el certificado de defunción, durante el periodo que dure la contingencia, todo ello en la aplicación de la Circular 068/2020 DPES de dicho Instituto de fecha 3 de abril, en la que se establecen los criterios de calificación para casos de COVID-19, como Enfermedad de Trabajo y en simplificación de la Norma para la Dictaminación de los Accidentes y Enfermedades de Trabajo, clave 3000-001-024.
El Acuerdo mencionado entró en vigor a partir de su publicación en el DOF.

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