Prima de riesgo ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, ¿la presentamos? Parte 2

En la primera parte de este artículo revisamos la clasificación de los riesgos de trabajo, así como las primeras acciones que debemos realizan durante las primeras horas tras la incidencia. Conoce los requisitos para presentar el aviso.

Aquí puedes consultar la primera parte del artículo.

Para reportar un aviso de accidente no se debe de esperar a ser calificado por el IMSS, los accidentes que ocurren deben de registrarse en forma escrita con el formato de “Aviso de accidente de trabajo” o mediante el Sistema SIAAT independientemente de que sean o no calificados como riesgo de trabajo por el IMSS, ya que la STPS es una Secretaría Gubernamental independiente que no interviene en los procesos del IMSS.

¿Qué información se requiero para presentar el Aviso de accidentes de trabajo o de defunción por riesgo de trabajo?
  • Datos de la empresa y/o centro de trabajo. Nombre, domicilio, número de trabajadores, etc.
  • Datos personales del trabajador accidentado. Nombre, RFC, CURP, domicilio, edad, escolaridad, etc.
  • Datos laborales del trabajador accidentado. Puesto, horario, antigüedad, afiliación a la seguridad social, etc.
  • Datos descriptivos del accidente.
  • Datos de los daños y costos. Los ocasionados por el accidente al trabajador.
  • En caso de defunción. Datos de los beneficiarios de la indemnización.
  • Cuando el empleador no haya presentado el aviso, el trabajador o algún familiar del trabajador deberá realizar los siguientes pasos:

1. Descargar formato desde la página del SIAAT
2. Llenar el formato y Firmar.
3. Presentar por duplicado el formato en las oficinas de la STPS.

Los lugares, horarios y procedimiento son los mismos que en el caso de la obligación patronal. Es importante señalar que los formatos deben venir completamente llenos y con firma autógrafa del patrón o de la persona responsable de la materia de seguridad y salud en la empresa.

  • En caso de ser el Patrón quien presente el Aviso, puede designar un representante. Para ello debe registrar en el SIAAT una carta con firma autógrafa y logo institucional, por la que se haga la designación en calidad de representante, sólo para los efectos de avisos de accidentes de trabajo en el SIAAT.
  • La Firma Electrónica Avanzada (e.firma) del patrón o su representante designado.
    Nota: Se debe usar la e.firma porque es el medio de acceso al sistema SIAAT para la presentación del Aviso de accidente de trabajo, y que se utilizará como firma del documento electrónico “Aviso de accidente de trabajo”, y la que tendrá el mismo efecto que si este Aviso fuera presentado con firma autógrafa.
  • En caso de ser representante, el patrón deberá autorizar una carta con firma autógrafa y logo institucional, por la que se haga la designación en calidad de representante, sólo para los efectos de avisos de accidentes de trabajo en el SIAAT.
  • Llenado de las secciones correspondientes.
  • Si dentro de las 72 horas posteriores al accidente no se conocen los daños del mismo, en cuanto se tenga conocimiento, deberás regresar al SIAAT para complementar la información.
  • Si el Aviso se presentó por medios electrónicos, es conveniente recuperar en el SIAAT el Acuse de Recibo correspondiente, con ello dejar constancia, de presentado el trámite ante la Autoridad correspondiente.
  • Si el Aviso se notificó por medios escritos, es importante recordar que el Acuse de recibo sellado por la STPS es una copia de los formatos presentados “Aviso de accidente de trabajo” y/o “Datos complementarios al aviso de accidentes de trabajo” con sello original.

Como podemos observar, son una serie de pasos y requisitos que deberemos cubrir ante autoridades e instancias, por lo que debes reflexionar sobre lo siguiente:

Desde que en tu negocio u organización se presentó el primer accidente de trabajo, al día de hoy: ¿Has presentando la Prima de Riesgo
ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social?

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