Qué es y cómo aplica el ISR Anual a Personas Físicas

Por MBA y CP Daniela Pérez Izquierdo

El gravamen más importante del régimen fiscal mexicano es el Impuesto sobre la Renta (ISR); éste es uno de los más controvertidos impuestos porque grava directamente al ingreso; su aplicación se realiza en México y en muchos países.

Según indica la ley, dicho gravamen se aplica en cada ejercicio aunque igual se deben realizar pagos provisionales mensuales a cuenta de este impuesto anual. Al ser un impuesto de carácter federal se caracteriza por lo siguiente:

  • Los sujetos a los que se aplica son: personas físicas y morales residentes en México cuyos ingresos provienen de una fuente de riqueza mundial; residentes en el extranjero con establecimiento permanente en México; así como residentes en el extranjero con ingresos cuyo origen de riqueza está en nuestro país (art.1º LISR). En términos técnicos, el ISR:
  • Como objeto: grava el incremento patrimonial.
  • Como base: presenta un resultado fiscal.
  • Como tasa o tarifa: tiene una tasa fija del 30% para personas morales y una tarifa máxima de 35% para personas físicas.
  • La época de pago establecida para este impuesto se presentará en una declaración del ejercicio con la determinación del ISR anual, a más tardar en marzo del siguiente año para personas morales y en abril del siguiente año para personas físicas.
  • Adicionalmente, los pagos provisionales mensuales a cuenta del impuesto anual, tendrán que presentarse el día 17 del mes siguiente al que corresponde el pago.

En el caso específico de personas físicas, a continuación se detalla la determinación anual del ISR, así como sus principales obligaciones fiscales.

ISR del ejercicio

El impuesto anual será el resultado de aplicar la tarifa anual a la diferencia entre ingresos acumulables menos las deducciones personales que se listan a continuación (art. 151 de LISR):

  • Honorarios médicos y dentales, así como gastos hospitalarios; aplicable para sí mismo, el cónyuge, ascendientes y descendientes directos en línea recta.
  • Gastos funerarios, aplicables para sí mismo, cónyuge, ascendientes y descendientes directos en línea recta (con el límite de 1 Salario Mínimo General -SMG- elevado al año).
  • Donativos (con un límite de 7% de ingresos acumulables del ejercicio anterior).
  • Intereses reales efectivamente pagados por créditos hipotecarios destinados a casa habitación.
  • Aportaciones complementarias para el retiro realizadas a la subcuenta de dicho rubro, o a la cuenta de planes personales de retiro, así como aportaciones voluntarias para el mismo concepto (con un límite de 10% sobre ingresos acumulables del ejercicio actual o 5 SMG elevados al año, el menor).
  • Primas de seguros de gastos médicos para sí mismo, cónyuge, ascendientes y descendientes directos en línea recta.
  • Transportación escolar obligatoria de descendientes en línea recta.

El monto total de estas deducciones (excepto donativos y aportaciones para el retiro) no debe exceder de 5 SMG elevados al año, o del 15% del total de ingresos (incluyendo exentos), lo que resulte menor.

Contra el impuesto anual será posible acreditar el importe de los pagos provisionales que en su caso se hayan realizado y el impuesto retenido. En caso de saldo a favor, se puede solicitar en devolución o bien aplicar compensación (art. 152 de LISR).

Obligaciones fiscales

En términos generales, las obligaciones fiscales a cargo de las personas físicas dependerán del tipo de ingreso percibido (salarios, actividades empresariales y profesionales, arrendamiento, enajenación de bienes, adquisición de bienes, intereses, premios, dividendos, otros ingresos) y su correspondiente régimen de tributación. No obstante, para efectos prácticos, a continuación listamos las obligaciones fiscales genéricas a cargo de las personas físicas (art. 98, 110, 118 y 136 de LISR):

  1. Solicitar su inscripción ante el Registro Federal de Contribuyentes.
  2. Llevar contabilidad y expedir comprobantes fiscales en términos de lo establecido en el Código Fiscal de la Federación.
  3. Solicitar constancias de ISR retenido.
  4. Presentar declaraciones de pagos provisionales y anuales.

Si se utiliza este práctico procedimiento, las personas físicas podrán determinar fácilmente el ISR anual del ejercicio 2016 y cumplir con sus principales obligaciones fiscales en materia de ISR. ¿Listos? ¡Manos a la obra!

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