Información de outsourcing al Infonavit

Como parte de la regulación de la figura del ‘outsourcing’ a partir del año 2015 inició la obligación de las empresas a brindar información sobre los contratos bajo esta modalidad al Infonavit.

Con base en el artículo 29 BIS de la Ley del Infonavit publicado el 4 de junio de 2015 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y con su entrada en vigor el 5 de junio del año pasado, recordamos los aspectos que se deben cuidar para cumplir a tiempo este 2016  con la información de outsourcing al Infonavit son los siguientes:

  • Cuando se realiza una contratación de trabajadores, e intervenga un intermediario laboral o contratista, éstos serán responsables entre sí y ante los colaboradores
  • Serán considerados como patrones (y no intermediarios) quienes presten servicios con sus trabajadores a otras empresas y cuenten con los elementos  suficientes para cumplir con las obligaciones laborales.
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