CFDI de entidades de gobierno
Por L.C. Luis Velasco.
Las entidades de gobierno deben expedir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por los productos, contribuciones y aprovechamientos que reciban, pero, ¿cuándo se convierte en una obligación para ellas?
Como se recordará, dentro de las modificaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) para 2017, se adicionó una obligación dentro del artículo 86 de la misma Ley, aplicable a las diferentes entidades de gobierno para emitir CFDI por los productos, contribuciones y aprovechamientos que reciban, tal como se señala a continuación:
“……
La Federación, las entidades federativas, los municipios y las instituciones que por Ley estén obligadas a entregar al Gobierno Federal el importe íntegro de su remanente de operación, sólo tendrán las obligaciones de retener y enterar el impuesto, emitir comprobantes fiscales por las contribuciones, productos y aprovechamientos que cobran, así como por los apoyos o estímulos que otorguen y exigir comprobantes fiscales cuando hagan pagos a terceros y estén obligados a ello en términos de ley”
Mediante disposiciones transitorias de la misma Ley, se estableció que para efectos de dicha obligación adicional, las dependencias públicas podrán cumplir con la disposición de emitir comprobantes fiscales cuatro meses después de que haya entrado en vigor la obligatoriedad, es decir, en mayo de 2017 debió iniciar la obligación para emitir CFDI.… Continuar Leyendo