Uso del Buzón tributario entre particulares

Por: Roberto Colín

Conoce el uso que tiene para autoridades y contribuyentes el Buzón tributario, así como la relevancia que pronto tendrá para otras entidades.

El Buzón tributario está fundamentado en el Artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación (CFF). Es un mecanismo de comunicación entre el contribuyente y el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT) mediante el cual se asigna un buzón electrónico a las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes. A través de él:

  • La autoridad fiscal realizará la notificación de cualquier acto o resolución administrativa que emita vía documentos digitales, así como otros mensajes de interés.
  • Los contribuyentes presentarán promociones, solicitudes y avisos o darán cumplimiento a requerimientos de la autoridad mediante documentos digitales; asimismo, realizarán consultas sobre su situación fiscal.

Cabe precisar que, según el Artículo 17-L del CFF, el SAT podrá autorizar el uso del Buzón tributario cuando las autoridades de la administración pública centralizada y paraestatal del gobierno federal, estatal o municipal y los organismos constitucionalmente autónomos tengan el consentimiento de los particulares; o bien, estos últimos acepten la utilización del citado buzón entre sí.

Mediante el Artículo 17 transitorio de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2021 se estableció que:

Las autoridades de la administración pública centralizada y paraestatal del gobierno federal, estatal o municipal o los organismos constitucionalmente autónomos, así como los particulares podrán usar el buzón tributario como un medio de comunicación entre las autoridades y los particulares o entre sí, a partir del 31 de diciembre de 2021.

En la actualidad, la única autoridad distinta del SAT que hace uso del buzón es el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS); sin embargo, una vez vigente esta nueva regla de la RMF, otras dependencias federales, estatales o municipales podrán realizar notificaciones utilizando este medio de comunicación.

Por último, señalar que todo parece indicar que el SAT, otros organismos y particulares podrían utilizar el buzón tributario para comunicarse con los particulares a partir del 2022.

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