Ventajas fiscales si trabajas en casa durante la cuarentena

Por: L.C. Luis Velasco.

Conoce un listado de las posibles deducciones que se pueden implementar en este tiempo de cuarentena, cuando el negocio se traslada a casa, derivado del COVID-19.

En la práctica, existen muchas personas que desarrollan su actividad profesional o empresarial desde casa o desde su oficina, o desde ambos lugares. Vale la pena recordar que en estos momentos donde la mayor parte de la población se encuentra trabajando desde casa derivado de la emergencia sanitaria por el COVID 19, se puede obtener el beneficio de deducir para fines del Impuesto sobre la Renta (ISR) algunos gastos que puedan tenerse como los siguientes:

a) Pago por renta del inmueble

Cuando los contribuyentes que tributen en el régimen de actividades empresariales o profesionales destinen parte de de su casa-habitación exclusivamente para el desarrollo de las actividades de las cuales provengan dichos ingresos, podrán deducir de dichas actividades la parte proporcional del importe de las rentas pagadas, o cuando el inmueble sea de su propiedad, la parte de la deducción por inversiones que le corresponda a dicho bien, todo lo anterior conforme al artículo 186 del Reglamento de la propia Ley del ISR.

Cabe señalar que la parte proporcional para efectuar la deducción mencionada anteriormente, se determinará considerando el número de metros cuadrados de construcción que el contribuyente destine a la realización de dichas actividades, en relación con el total de metros cuadrados de construcción del inmueble.

b) Impuesto predial

En adición a lo anterior, la misma disposición permite la deducción, en la proporción mencionada, el impuesto predial, las contribuciones locales de mejoras, de planificación o de cooperación para obras públicas relacionadas con el mismo inmueble.

c) Otros gastos relacionados

Para la utilización parcial del inmueble mencionado, es importante señalar que existen otros gastos que son indispensables para llevar a cabo la actividad empresarial o profesional como son la luz, gas, agua, teléfono, mantenimiento, etc.

Los gastos mencionados anteriormente, si bien no están regulados en las disposiciones fiscales podría dar lugar a interpretar que la deducción de estos gastos podría hacerse en la proporción de metros cuadrados utilizados para llevar a cabo las actividades empresariales o profesionales, no obstante lo anterior, vale la pena consultar con tu contador o asesor fiscal la interpretación antes mencionada ya que la misma puede ser diferente a la que tengan las autoridades fiscales.

Es importante también mencionar que para que proceda la deducción de estos gastos, los mismos deben cumplir con los requisitos generales como: ser estrictamente indispensables, contar con el CFDI, requisitos de pago, etc.

Otro dato importante, es que para que proceda la deducción de los gastos antes mencionados, es que el domicilio de la casa-habitación sea precisamente el domicilio fiscal donde se realizan las actividades empresariales o profesionales, o que por lo menos la casa habitación se encuentre registrado como un establecimiento o sucursal cuando se lleven a cabo no de manera primordial las actividades en ese lugar y la oficina que posiblemente corresponda al domicilio fiscal.

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