¿Qué es el CFDI por anticipos?

Por C. P. Alberto Copado.

¿Qué sucede cuando se realiza una operación de anticipo?, ¿qué aspectos debemos considerar cuando no se conoce el precio? En el artículo de hoy revisamos los factores que intervienen en un CFDI por anticipos y cuáles podrían ser las circunstancias que generan dudas en su emisión.

De acuerdo con el Artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) los contribuyentes deben emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que perciban, por el pago de sueldos y salarios o por las retenciones de impuestos que efectúen. Entre estas operaciones se encuentran aquellas en las que se recibe algún importe como anticipo para una operación futura.

Fiscalmente, se está ante una operación de anticipo cuando no se conoce o no se ha determinado el bien o el servicio a adquirir, ni tampoco el precio de estos.

El apéndice 6 de la Guía de llenado de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet del anexo 20, nos muestra el procedimiento a realizar para el llenado del CFDI en caso de anticipos.

Los datos a llenar en el CFDI de anticipo son los siguientes:

El CFDI de Ingreso por remanente solo se elabora cuando se ha recibido una cantidad mayor al anticipo acordado y dicha cantidad, de acuerdo con el cliente, se tomará como anticipo para una futura operación.

En forma de pago, la clave a incluir es la que refiere que se liquida la mayor cantidad del pago.
El nodo de CFDI relacionado no se aplica en caso del CFDI de ingresos por anticipo, salvo que éste se cancele, en dicho caso debe utilizarse la clave 04 en sustitución de los CFDI previos.

Una vez que se concreta la operación y ya se conoce tanto el precio como el bien o servicio a adquirir, se elabora el CFDI de ingresos por el valor total de la operación y se procede a elaborar un CFDI de Egresos por el CFDI de ingreso del anticipo realizado con anterioridad como sigue:

El CFDI de Ingreso por la operación total y el CFDI de Egreso por el anticipo recibido, deben realizarse con la misma fecha y en ese mismo orden, primero el CFDI de Ingreso por la operación total y posteriormente el CFDI de Egreso.

Para la elaboración de la nota de crédito o CFDI de egreso para la cancelación del CFDI de anticipo, se debe elegir la misma forma de pago del CFDI de Ingreso por anticipo.

En el Nodo CFDI relacionado para el CFDI de Ingreso por la operación total deber contener la clave “07: CFDI por aplicación de anticipo” y en el nodo folio fiscal (UUID) se deben incluir todos los folios fiscales de los anticipos a aplicar.

Para la aplicación de un CFDI de ingresos por remanente de un anticipo adicional en el nodo “Descripción”, además de la descripción del bien o servicio se agregará la leyenda “CFDI por remanente de un anticipo”.

Si el CFDI por anticipo es para un residente en el extranjero se usará la clave “P01 por definir” en el uso del CFDI.

Aún con la guía para el llenado de los CFDI por Internet quedan algunas dudas para el manejo de anticipos, la guía no menciona cómo va a manejarse el Complemento de Comercio Exterior para anticipos de residentes en el extranjero, porque al momento del timbrado no se conocen los datos del consignatario en el extranjero.

Para la elaboración del CFDI de ingreso por remanente se puede usar, en el nodo forma de pago, la clave “99 por definir”, pues si se trata de un pago en exceso ya sabemos cómo fue que se realizó.

Así también la guía menciona que, si al momento de elaborar el CFDI de ingreso por la operación total, la diferencia entre el CFDI de ingresos y el de Egresos no se cubre en ese momento, se deberá elaborar un CFDI de pago por cada pago realizado, no exceptuando el pago realizado en el anticipo, por lo tanto, es incongruente adicionar la leyenda “CFDI por remanente de un anticipo” si ya se están relacionando los CFDI correspondientes.

Como bien sabemos, continuarán los cambios y actualización en todo este proceso de fiscalización tecnológica, por tanto la sugerencia es no olvidar hacer los CFDI de Egresos ya que si no, se estarán duplicando los ingresos.

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