contabilidad electrónica

Diferencias entre contabilidad electrónica y contabilidad financiera

M.D.T. y L.C. Mabel Salazar

Pareciera que hablar de la contabilidad electrónica y de contabilidad financiera, nos referimos a dos temas diferentes. Sin embargo, la contabilidad financiera se rige por las Normas de Información Financiera (NIF) y se debe registrar y enviar de manera electrónica.

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contabilidad electrónica

Contabilidad electrónica: infracciones y sanciones por no llevarla

L.C. César Aguilar Aguilar

La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) establece la obligación de llevar la contabilidad, tanto para personas morales como físicas. Los artículos 76, 86, 176, 177 y 182 se encargan de las regulaciones para personas morales; mientras que los artículos 110, 118 y 147 son para las personas físicas.

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CFDI

CFDI no enviado VS cumplimiento de pago: precedentes

L.C.C. César Aguilar Aguilar

El pasado 2 de junio de 2023, en el Semanario Judicial de la Federación, se publicó: Tesis Aislada, Registro digital: 2026564, Undécima Época, Materia(s): Civil, Tesis: I.5o.C.58 C (11a.), Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito.

En este precedente judicial se resuelve el Amparo Directo 432/2022, interpuesto por la contribuyente Aldesem Home, S.A.… Continuar Leyendo

¿Las pymes que tributan en RESICO deben enviar contabilidad electrónica?

C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín

Todos los contribuyentes, ya sean personas físicas o morales, están obligados a llevar la contabilidad electrónica. No obstante, la autoridad fiscal ha exentado a ciertos contribuyentes y ha aclarado quienes están obligados a presentarla.

De conformidad con lo siguiente:

a) Personas Físicas con actividad empresarial, actividades profesionales con ingresos superiores a los 2 millones de pesos y arrendamiento.Continuar Leyendo

Contabilidad en la nube: Aspectos fiscales a considerar

Por: Mtro. y L.C. Alejandro Bolaños Pérez.

El artículo 28 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que las personas obligadas a llevar contabilidad deberán observar los siguientes aspectos:

Primero, señala cómo se integra la contabilidad, en:

  • Libros y registros sociales
  • Sistemas y registros contables
  • Estados de cuenta
  • Papeles de trabajo
  • Cuentas especiales
  • Control de inventarios y método de valuación
  • Discos y cintas
  • Cualquier otro medio procesable de almacenamiento de datos
  • Equipos o sistemas electrónicos de registro fiscal y sus respectivos registros
  • Además de la documentación comprobatoria de los asientos respectivos, así como toda la documentación e información relacionada con el cumplimiento de las disposiciones fiscales, que acredite sus ingresos y deducciones, a la que obliguen otras leyes

En el Reglamento de este Código se establecerá la documentación e información con la que se deberá dar cumplimiento a esta fracción, y los elementos adicionales que integran la contabilidad.… Continuar Leyendo

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