Métodos de interpretación de las leyes fiscales.
Métodos y técnicas de interpretación en materia fiscal

Por C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín.

Conoce los principales métodos de interpretación de las leyes fiscales y su aplicación para que evites errores o sanciones.

¿Qué es la interpretación de la norma jurídica fiscal?

Cuando se trata de normas, la interpretación jurídica fiscal es la acción y efecto de interpretarlas, de explicarlas o de aclarar el sentido de una cosa en relación con dichas normas.Continuar Leyendo

UMA para efectos fiscales
¿Cuándo usar la UMA y VSMG, para efectos fiscales?

C.P.C., P.C.F.I. y Mtro. Roberto Colín

Mediante Decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 27 de enero de 2016, se reformaron y adicionaron diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de desindexación del salario mínimo (Decreto), como elemento de índice o referencia para fines ajenos al pago del trabajador por servicios subordinados, sustituyéndose por la Unidad de Medida y Actualización (UMA).

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blgsc17
¿En qué casos se emite un CFDI a través del adquiriente?

L.C. César Aguilar Aguilar

Conoce, de acuerdo a la Autoridad Fiscal, en qué situaciones deberá emitirse este documento. Casos y condiciones.

El artículo 29 de Código Fiscal de la Federación (CFF) señala que cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por:

• Los actos o actividades realizados
• Los ingresos percibidos o
• Las retenciones de contribuciones efectuadas

Los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet de la autoridad fiscal.… Continuar Leyendo

accionistas y LGSM
Cambios a la Ley General de Sociedades Mercantiles y su relación con los accionistas

Por: Alejandro Bolaños.

Los más recientes cambios a la Ley General de Sociedades Mercantiles (LGSM) se dieron el 14 de junio de 2018, cuando se modificaron sus artículos 73 y 129.

El Artículo 73 establece la obligación de llevar un libro especial de socios, en el que se debe inscribir el nombre y domicilio de cada socio, sus aportaciones y la transmisión de partes sociales; la modificación consistió en la adición de un segundo párrafo para señalar que, de cada inscripción al libro especial de socios, se deberá publicar un aviso en el sistema electrónico de la Secretaria de Economía (SE) conforme lo dispuesto en el Artículo 50 Bis del Código de Comercio (CCom).Continuar Leyendo

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