
Momento de deducción de pagos hechos a un contribuyente PF del RESICO
Por: C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín.
¿Qué pasa con la deducción de pagos que se realizan a una persona física bajo el RESICO? Conoce los puntos clave que destaca la Ley del ISR.
En el caso de las deducciones de las personas morales, la fracción III del artículo 27 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR) establece como requisito, entre otros, que —además de estar amparadas con un comprobante fiscal y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00— se efectúen mediante transferencia electrónica de fondos desde cuentas abiertas a nombre del contribuyente en instituciones que componen el sistema financiero y las entidades que para tal efecto autorice el Banco de México, así como cheque nominativo de la cuenta del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito, de servicios o los denominados monederos electrónicos autorizados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).… Continuar Leyendo