Generalidades en materia de acreditamiento de impuestos pagados en el extranjero

Por: C.P.C. y Mtro. Roberto Colín.

Conoce los aspectos más importantes acerca este tipo de acreditamiento, el cual sólo procederá siempre que el ingreso acumulado, percibido o devengado, incluya el ISR pagado en el extranjero.

De conformidad con el artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), los residentes en México podrán acreditar, contra el ISR que les corresponda pagar, el ISR que hayan pagado en el extranjero por los ingresos procedentes de alguna fuente ubicada en el extranjero, siempre y cuando, se trate de ingresos por los que se esté obligado al pago del impuesto en los términos de la propia Ley del ISR.… Continuar Leyendo

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