Pensión del IMSS por cesantía en edad avanzada o vejez, ¿cómo tramitarla?

Por L.C. Luis Velasco

¿Sabes cuáles son los pasos que debes seguir para solicitar al Instituto Mexicano del Seguro Social tu pensión? Conoce los detalles.

Si tienes 60 años de edad o más, fuiste asegurado en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tienes cumplidas al menos 500 o 1,250 semanas de cotización ya sea a través de la Ley del Seguro Social 1973 o 1997, respectivamente y tus derechos están vigentes bajo del Régimen Obligatorio de la Ley, puedes solicitar la pensión de Cesantía en Edad Avanzada o la pensión por Vejez si tienes 65 años.

Actualmente dentro del Capitulo VI de la Ley de Seguro Social (LSS) se encuentra regulado lo relativo al seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, así como lo correspondiente a la prestaciones de esta rama del seguro que trae como consecuencia el pago de pensión por estos conceptos.

La pensión para fines de lo anterior, es un pago, temporal o de por vida, que recibe una persona cuando se encuentra en algún supuesto establecido por las disposiciones antes mencionadas como se menciona a continuación:

a) Cesantía en Edad Avanzada

Que el asegurado tenga la edad de 60 años y haya causado baja en el régimen obligatorio del Seguro Social.

b) Vejez

Que el asegurado tenga la edad de 65 años y haya causado baja en el régimen obligatorio del Seguro Social.

Requisitos:

Documentos que deberás presentar en la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción para solicitar y tramitar la pensión por cesantía en edad avanzada o vejez:

Documentos del asegurado:

I. En original o copia certificada, acompañados de copia simple para cotejo:

  1. Identificación oficial con fotografía y firma.
  2. Cualquier documento o medio de identificación emitido por el IMSS, el INFONAVIT o una AFORE, que contenga el Número de Seguridad Social y el nombre del asegurado o pensionado.
  3. Comprobante de domicilio, siempre que su fecha de expedición no tenga una antigüedad mayor a tres meses previos a la presentación de la solicitud.
  4. Clave Única de Registro de Población (CURP), copia simple o impresión de la misma obtenida a través de la página de Internet del Registro Nacional de Población, salvo en los casos en que el solicitante tenga nacionalidad diferente a la mexicana y residan en el extranjero. También podrá aceptarse para satisfacer este requisito, la presentación de la credencial ADIMSS que contenga el dato de la CURP.
  5. Estado de cuenta, impresión obtenida de la página de Internet de la AFORE que maneja la cuenta individual o contrato firmado con la AFORE, con una antigüedad no mayor a seis meses previos a la fecha de la solicitud de la pensión o de la prestación económica de que se trate, sólo si el asegurado cotizó a partir del 1 de julio de 1997.
  6. Constancia de la inscripción del asegurado en el Registro Federal de Contribuyentes, con homoclave a 13 posiciones, a través de la presentación de cualquiera de los documentos siguientes:
    • Constancia de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.
    • Cédula de Identificación Fiscal.
    • Comprobante de pago de salario, Estado de Cuenta de su Cuenta Individual AFORE, factura fiscal expedida a su favor, en general, cualquier documento que contenga dicho dato.
  7. Documento expedido por la institución de crédito autorizada por el Instituto, dentro de la circunscripción de que se trate, en el cual se identifique el número de cuenta y Clave Bancaria Estandarizada (CLABE), a favor del solicitante para recibir el pago de la pensión.

II.- En original o copia certificada, que quedarán en el expediente:

Copia certificada del Acta de Nacimiento, Acta de Adopción o Reconocimiento, expedida por:

  • Las oficinas o juzgados del Registro Civil de la Entidad Federativa que corresponda o de la Ciudad de México.
  • Las Representaciones Consulares de México.
  • Gobierno Extranjero.

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