L.C. César Aguilar Aguilar
Tener un adeudo fiscal no siempre significa que debas cargar también con el total de las multas, los recargos y los gastos de ejecución. El Programa de Regularización Fiscal 2026 permite disminuir hasta el 100% de esos conceptos, siempre que se cumplan las condiciones previstas en la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) 2026.
Si eres persona física o representas a una empresa con adeudos correspondientes a 2024 o años anteriores, esta guía te ayudará a identificar si puedes acceder al estímulo, qué fechas no debes perder de vista y cuál es la ruta a seguir ante el SAT. El plazo para las solicitudes asociadas con créditos fiscales firmes vence el 31 de octubre de 2026, así que conviene revisar el caso sin demora.
¿Qué es el Programa de Regularización Fiscal 2026?
Es un estímulo previsto en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2026 y operado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT). Su propósito es facilitar que las personas y empresas regularicen adeudos fiscales susceptibles de incorporarse al esquema.
Pueden acceder quienes hayan obtenido ingresos totales de hasta 300 millones de pesos durante 2024 y se ubiquen en alguno de los supuestos legales. El beneficio puede abarcar multas, recargos y gastos de ejecución relacionados con contribuciones federales, aprovechamientos o cuotas compensatorias, así como infracciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior.
¿Cuál es el beneficio del estímulo fiscal?
El beneficio puede representar una disminución de hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución. El porcentaje aplicable depende del tipo de adeudo y de la situación del contribuyente.
- Multas
- Recargos
- Gastos de ejecución
Cuando los créditos fiscales estén integrados exclusivamente por multas, el estímulo puede llegar a una reducción de hasta el 90% del monto.
¿Qué adeudos se incluyen en el beneficio?
El programa cubre incumplimientos relacionados con:
- Contribuciones propias
- Contribuciones retenidas o trasladadas
- Aprovechamientos
- Cuotas compensatorias
- Obligaciones fiscales, aduaneras y de comercio exterior
Los conceptos antes mencionados deberán corresponder al ejercicio 2024 o anteriores.
¿Quiénes serían los beneficiarios?:
1. Contribuyentes con contribuciones omitidas autodeterminadas
Aplica a quienes no hayan presentado o hayan presentado incorrectamente sus declaraciones de 2024 o anteriores.
Deben presentar las declaraciones correspondientes y pagar la contribución en una sola exhibición, a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
El estímulo se aplica únicamente a los recargos generados.
2. Contribuyentes sujetos a facultades de comprobación
Incluye a quienes están siendo auditados por el SAT. Pueden aplicar el estímulo si:
- Subsanen las irregularidades
- Se autocorrigen
- Pagan dentro del plazo del procedimiento
- Y antes de que se emita la resolución definitiva
El límite también es el 31 de diciembre de 2026.
3. Contribuyentes con créditos fiscales firmes
Para quienes ya tienen créditos fiscales determinados y no impugnados, o que se desistan del medio de defensa.
Deben presentar su solicitud a más tardar el 31 de octubre de 2026 mediante un caso de aclaración o de forma presencial.
Podrán pagar hasta en seis parcialidades, siempre que la última se cubra antes del 30 de noviembre de 2026.
Restricciones para acceder a los beneficios
No podrán aplicar quienes:
- Hayan recibido condonaciones en programas previos
- Hayan sido beneficiados por el estímulo del Trigésimo Cuarto Transitorio de la LIF 2025
- Tengan sentencia condenatoria firme por delitos fiscales
- Estén incluidos en los listados definitivos de los artículos 69-B o 69-B Bis del CFF (EFOS y operaciones simuladas).
Consideraciones a tomar en cuenta:
- Se suspende el procedimiento administrativo de ejecución
- No es necesario garantizar el interés fiscal
- Se interrumpe el plazo de prescripción
- El contribuyente consiente el crédito fiscal al solicitar el estímulo.
- No se considera ingreso acumulable para ISR
- No genera devoluciones, deducciones, compensaciones, acreditamientos ni saldos a favor
- Está sujeto a revisión posterior por parte de la autoridad.
En conclusión, el Programa de Regularización Fiscal 2026 representa una oportunidad estratégica para que personas físicas y micro, pequeñas y medianas empresas se pongan al corriente con sus obligaciones tributarias sin la pesada carga de multas, recargos y gastos de ejecución. Al ofrecer condonaciones significativas y un marco claro de requisitos, el SAT busca incentivar la formalidad, fortalecer la recaudación y brindar un alivio tangible a quienes desean cumplir con la ley. Más que un beneficio inmediato, este programa puede convertirse en un punto de partida hacia una relación más estable y transparente entre los contribuyentes y la autoridad fiscal.