
Procedimiento para el cálculo de prestaciones gravadas y exentas
Por: L.C. Luis Velasco.
Conoce a detalle los aspectos clave del artículo 28 fracción XXX de la Ley del Impuesto sobre la Renta, respecto a la deducibilidad de los pagos que a su vez sean ingresos exentos del trabajador.
Como recordaremos, el artículo 28 fracción XXX de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) establece que no son deducibles los pagos que a su vez sean ingresos exentos para el trabajador, hasta por la cantidad que resulte de aplicar el factor de 0.53 al monto de dichos pagos, y establece además que el referido factor será del 0.47 cuando las prestaciones otorgadas por los contribuyentes a favor de sus trabajadores que a su vez sean ingresos exentos para dichos trabajadores, en el ejercicio de que se trate, no disminuyan respecto de las otorgadas en el ejercicio fiscal inmediato anterior.
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