Préstamos, aumentos de capital y aportaciones para futuros incrementos de capital que podrían ser ingresos acumulables

L.C. César Aguilar Aguilar

¿Qué ingresos deben ser informados ante las autoridades fiscales? Personas Físicas y Personas Morales.

Los contribuyentes personas morales que obtengan ingresos como los señalados en el Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), además de otras obligaciones establecidas en él, deberán informar a las autoridades fiscales —a través de los medios y formatos que para tal efecto señale la autoridad fiscal mediante reglas de carácter general—, los préstamos y aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo (en moneda nacional o extranjera) mayores a 600 mil pesos, dentro de los quince días posteriores a la recepción de las cantidades correspondientes (artículo 76, fracción XVI de la LISR).… Continuar Leyendo

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