Criterio de la autoridad en la retención a trabajadores que perciben salario mínimo en zona fronteriza

C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín

Los empleadores están obligados a efectuar las retenciones y enteros mensuales respecto del ISR; sin embargo, no se efectuará retención a quienes perciban un salario mínimo general correspondiente al área geográfica.

En materia de retención del Impuesto Sobre la Renta (ISR) por los ingresos de sueldos y salarios que perciban los trabajadores, los artículos 96 y 99 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establecen que los empleadores están obligados a efectuar las retenciones y enteros mensuales.Continuar Leyendo

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