Accionistas y los derechos corporativos de los accionistas

Por: C.P.C. Jorge Javier Rodríguez Puig. 

Las acciones generan un cúmulo de derechos y obligaciones para sus propietarios, ¿sabes cómo funciona este esquema?, ¿cuáles son las limitaciones?

Podemos establecer que una acción, es un conjunto de derechos y obligaciones que dota a tu titular/accionista (mismo que recordemos puede ser un apersona física o moral) el estatus de socio, con los límites y extensión considerada en función de la aportación (puede ser en dinero o en bienes distintos a él como por ejemplo; un inmueble, algún trabajo, etc.).

La clase de acción de que se trate y/o lo que establezcan los propios estatutos sociales, la cual puede estar representada por instrumentos de legitimación y circulación o por valores de participación.

Un socio tiene una calidad jurídica o una legitimación mucho más compleja y completa que la de un simple acreedor, ya que el ser socio de una Sociedad Anónima, no te da per se derechos de crédito en contra de la sociedad, sino más bien, el estatus de accionista te otorga un cúmulo de derechos y obligaciones cuya existencia y ejercicio no necesariamente dependen de su documentación o constancia en papel.

Ahora bien, el ser accionista de una Sociedad Anónima en automático te va a atribuir diversos derechos como socio, que van desde la índole económica y corporativa, de toma de decisiones, participar en la administración, intervención directa o indirecta en la gestión social así como el participar en el desarrollo del objeto y fines de la sociedad establecidos en los estatutos sociales.

Podemos establecer que los Derechos corporativos o como también se les conoce “de administración”, son aquellos que buscan la distribución de poderes, gestión social, control, la administración y en general a las resoluciones de los asuntos sociales, tales como los derechos de asistencia, deliberación, voto y en general toma de decisiones, participación en las asambleas (que pueden ser ordinarias o extraordinarias), redacción de la orden del día, otorgamiento de poderes (en caso de contar con facultades), nombramiento de administradores o el consejo de Administración (llamado así en caso de ser un órgano colegiado), denuncia de los comisarios, etc.

En conclusión podemos decir que los derechos corporativos son aquellos que tiene el accionista para tener injerencia directa o indirecta en la propia organización, participar en el control y funcionamiento de la sociedad.

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