CFDI 4.0: Diferencia entre una factura nominativa sin RFC y una factura global

C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín

En materia de emisión de un Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) es posible emitirlo de forma nominativa sin Registro Federal de Contribuyentes (RFC), o bien, uno global que ampare operaciones con público en general.

El CFDI nominativo sin RFC se emite a solicitud del cliente, quien no proporciona su RFC, este documento además de tener efectos fiscales se utiliza para demostrar la propiedad de bienes, servicios o derechos.

En cambio, el CFDI global se emite por las operaciones por las que los clientes no solicitan factura, es decir, por las operaciones con el público en general.

Las características de este tipo de comprobantes son:

a) Factura nominativa sin RFC
La regla 2.7.1.23. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2023 establece los lineaminetos para emitir este tipo de CFDI:

Para los efectos del art. 29-A, fracc. IV, segundo párrafo del CFF y 99, fracc. III de la Ley del ISR, cuando no se cuente con la clave en el RFC, se consignará la clave genérica en el RFC: XAXX010101000 y cuando se trate de operaciones efectuadas con residentes en el extranjero, que no se encuentren inscritos en el RFC, se señalará la clave genérica en el RFC: XEXX010101000.

De tal forma, se expedirá el CFDI o factura nominativa cuando el cliente solicite factura a su nombre, sin proporcionar su RFC, y se utilizará la clave genérica respectiva, para residentes en México o en el extranjero.

b) Factura global
La regla 2.7.1.21 de la RMF para 2022 contempla el procedimiento para emitir una factura global que contenga el total de operaciones con el público en general y/o de operaciones por las que el cliente no solicitó factura.

Para estos efectos, la Guía de llenado del CFDI global 4.0, establece que en el nodo “Concepto” debera inluirse “la información detallada de cada uno de los comprobantes de operaciones con el público en general”, de forma específica, “el número de folio de los comprobantes de la operación con el público en general”.

Uno de los cambios más importantes que contempla el CFDI 4.0, es que se incluye un nodo especial denominado “InformacionGlobal”, en el que se podrá señalar la información relacionada como la periodicidad, los meses al que corresponde dicha periodicidad y el año al que corresponde la información del comprobante global.

Finalmente, cabe destacar que en el caso de la factura nominativa sin RFC, no es obligatorio el nodo denominado “InformacionGlobal”, toda vez que solo es aplicable para una factura global.

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