
C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín
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El artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece quiénes son los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales y cuando pueden optar por ello, en los términos del artículo 52 del CFF, y por contador público autorizado, conforme a lo siguiente:
… Continuar Leyendo• Están obligadas a dictaminar, las personas morales que tributen en términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del ISR iguales o superiores a un monto equivalente a $1,779,063,820.00, así como aquéllas que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores.
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Como parte de una defensa en materia fiscal, es común que se ofrezca una prueba pericial contable siguiendo los lineamientos que la ley procesal establezca para cada caso en particular, dependiendo del medio de defensa elegido.… Continuar Leyendo
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… Continuar Leyendo“Las autoridades fiscales devolverán las cantidades pagadas indebidamente y las que procedan conforme a las leyes fiscales.
L.C. Alejandro Bolaños Pérez
Artículo 33.- Las autoridades fiscales para el mejor cumplimiento de sus facultades, estarán a lo siguiente: