estados financieros

Personas morales obligadas a dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales

L.C. César Aguilar Aguilar

Como parte de la Reforma Fiscal para 2022, se reincorporó en el artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) la obligación de dictaminar los estados financieros por Contador Público Inscrito.

Aplicable a los contribuyentes que se ubiquen en los supuestos previstos en las disposiciones fiscales aplicables, manteniéndose vigente la opción para que las personas físicas con actividades empresariales y personas morales dictaminen sus estados financieros, siempre que se ubiquen en cualquiera de los supuestos que se señalan más adelante.… Continuar Leyendo

Beneficios por dictaminar los estados financieros para efectos fiscales

C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín

El Código Fiscal de la Federación establece quiénes están obligados a dictaminar sus estados financieros, en esta ocasión te contamos cuáles son los beneficios de realizarlo y quién puede hacerlo.

El artículo 32-A del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece quiénes son los contribuyentes obligados a dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales y cuando pueden optar por ello, en los términos del artículo 52 del CFF, y por contador público autorizado, conforme a lo siguiente:

• Están obligadas a dictaminar, las personas morales que tributen en términos del Título II de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), que en el último ejercicio fiscal inmediato anterior declarado hayan consignado en sus declaraciones normales ingresos acumulables para efectos del ISR iguales o superiores a un monto equivalente a $1,779,063,820.00, así como aquéllas que al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior tengan acciones colocadas entre el gran público inversionista, en bolsa de valores.

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