complemento de recepción de pagos

Complemento de recepción de pagos: emisión fuera de plazo

Mtro. y L.C. Alejandro Bolaños Pérez

El artículo 29 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que:

Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes fiscales por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que se perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen, los contribuyentes deberán emitirlos mediante documentos digitales a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.

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