Retención del IVA en caso de contratar servicios por outsourcing
Por: Roberto Colín.

Con la Reforma Fiscal para 2020, misma que entró en vigor el 1º de enero, se modificó la Fracción IV del Artículo 1-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), con lo cual se establece que: 

Están obligados a efectuar la retención del impuesto que se les traslade los contribuyentes […] sean personas morales o personas físicas con actividades empresariales, que reciban servicios a través de los cuales se pongan a disposición del contratante o de una parte relacionada de éste, personal que desempeñe sus funciones en las instalaciones del contratante o de una parte relacionada de éste, o incluso fuera de éstas, estén o no bajo la dirección, supervisión, coordinación o dependencia del contratante, independientemente de la denominación que se le dé a la obligación contractual.
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Momento de la retención del IVA por servicios prestados y pagados en 2020

Por: L.C. Luis Velasco.

Conoce los puntos clave de la retención del IVA ante el artículo 1-A de la Ley de Impuestos del Valor Agregado (IVA).

Como recordaremos, mediante el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación publicado en el Diario Oficial de la Federación el pasado 9 de diciembre, se adicionó una fracción al artículo 1-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para quedar como sigue:

“Artículo 1o.-A.-

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