Declaración Anual 2023 Persona Moral

Declaración Anual 2023 Persona Moral: papeles y cédulas de trabajo

C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín

La fecha límite para presentar la Declaración Anual 2023 de Personas Morales está cerca. El vencimiento es el 31 de marzo, sin embargo, por ser fin de semana, se recorre al 1 de abril de 2024.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que se realizaron actualizaciones y mejoras en el aplicativo de la Declaración Anual 2023 de Persona Moral, para facilitar su presentación.

Entre ellas, destacan:

  • La posibilidad de agregar pérdidas fiscales por amortizar, que no se visualicen en el formulario, provenientes de las declaraciones de los ejercicios 2013 al 2021.
  • Se incluye la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, si se generó en el ejercicio inmediato anterior.
  • Se eliminan los estados financieros: “Estado de flujo de efectivo” y “Estado de cambios en el capital contable”.
  • La precarga de la información de los estados financieros que permanecen, presentados en el ejercicio inmediato anterior.
  • Se adiciona la deducción inmediata de inversión, prevista en el Decreto Relocalización, publicado en el DOF en octubre de 2023. Así como los beneficios fiscales otorgados a contribuyentes de las zonas afectadas por el Huracán Otis, tanto en los formularios de Régimen General de Ley como RESICO.
  • Reducción del formato de impresión, para facilitar la identificación de algunas deducciones aplicadas.
  • Se renueva el formato de los estados financieros para dar mayor certeza al visualizar los datos del contribuyente generados en la declaración.

Prepara tus cédulas y papeles necesarios

Es importante preparar los papeles de trabajo y las cédulas fiscales con anticipación para evitar sorpresas con la información precargada en la Declaración Anual 2023 de Persona Moral. Así, en caso de que existan inconsistencias, se pueden corregir con declaraciones complementarias, cancelar CFDIs de ingresos no procedentes, emitir los CFDIs de nómina para corregir errores, etc. Incluso levantar casos de aclaración en el portal del SAT.

Los papeles y cédulas que recomendamos preparar para la Declaración Anual 2023 de Persona Moral son:

  • Cédula de conciliación de CFDI de ingresos y gastos contra contabilidad

Permiten asegurar que los ingresos y gastos amparados en un CFDI coinciden con los registrados en contabilidad. Además de que se pueden detectar ingresos o gastos pendientes de documentar en un CFDI; o bien, CFDIs pendientes de cancelar.

  • Cédula de conciliación de CFDI de nómina contra contabilidad

Asegura que la información amparada en un CFDI de nómina timbrado durante el ejercicio coincida con los registros contables. En caso de encontrar errores o inconsistencias, se pueden corregir hasta el 29 de febrero de 2024.

Es importante verificar también la información que arroja el visor de nómina del patrón para realizar el análisis.

  • Cédulas de inventarios, provisiones, cuentas por cobrar y por pagar

Permite que la información registrada en contabilidad represente la realidad de la persona moral. Esto implica levantar inventarios periódicos, realizar confirmaciones de saldos por pagar y cobrar con clientes, deudores, proveedores y acreedores, según corresponda.

Esto posibilita cotar con información documentada y soportada adecuadamente para elaborar los estados financieros a reportar en la Declaración Anual 2023 de Persona Moral.

  • Papeles de trabajo de la conciliación contable fiscal y cédulas de soporte de los rubros que la integran

Permite contar con papeles de trabajo consistentes para determinar el resultado fiscal del ejercicio y la participación de los trabajadores en las utilidades (PTU). Como papeles de trabajo de la determinación de la depreciación fiscal, el ajuste anual por inflación, etc.

  • Papeles de trabajo de activos fiscales como pérdidas fiscales, cuenta de capital de aportación (CUCA), cuenta de utilidad fiscal neta (CUFIN).

En caso de pérdidas fiscales pendientes de amortizar, se deben actualizar y verificar que aparezcan precargadas. En caso contrario, agregarlas.

Respecto a la CUCA y CUFIN, son de carácter informativo, pero deben reportarse anualmente.

Es importante recordar que para el envío de la Declaración Anual 2023 de Persona Moral es necesario tener la firma electrónica (e.firma) y estar al corriente con las declaraciones de:

  • Pagos provisionales.
  • Impuesto Sobre la Renta anual de ejercicios anteriores.
  • Retenciones de pagos realizados por arrendamiento, honorarios, RESICO de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos.



¡Síguenos en Facebook!

Contenido relacionado con esta nota:

Consulta nuestras últimas entradas:

Comentarios u opiniones contenidos en los artículos publicados en Soy Conta, son responsabilidad de su autor, pudiendo ser distintos a los criterios dados a conocer por las autoridades fiscales. Tampoco representan una asesoría, consejo o prestación de servicios de ninguna índole. 2024. Se prohíbe su reproducción total o parcial.

error: Content is protected !!