Principales modificaciones en contribuciones locales en la CDMX para 2023

M.D.T. y L.C. Mabel Salazar

Iniciamos el 2023 y es un buen momento para conocer las reformas fiscales en materia de contribuciones locales en CDMX. (Recordemos que son aquellos impuestos y derechos que cada entidad federativa se encuentra facultada para requerir de los contribuyentes de cada estado de la República).

Dichas iniciativas de reformas se dieron a conocer el 30 de noviembre de 2022, presentadas por la jefa de gobierno ante el congreso de la Ciudad de México, mismas que entrarán en vigor a partir del 2023.

Entre los temas más relevantes encontramos:

  • No creación de nuevas contribuciones. Se establece una política fiscal de NO creación de nuevas contribuciones, por lo que solo se contempla un ajuste de acuerdo al factor de inflación.
  • Inmuebles en régimen de propiedad en condominio (impuesto predial y derechos por suministro de agua). Para efectos del impuesto predial —art. 127, Código Fiscal de la Ciudad de México— los inmuebles sujetos al régimen de propiedad en condominio con uso distinto al habitacional (plazas comerciales, hoteles, hospitales particulares u otros) que determinen como valor catastral el que corresponda integralmente a todas las unidades de propiedad privativa; así como la parte proporcional de todas las áreas y bienes de uso común que les corresponda.

Para la determinación de los derechos por el suministro de agua potable, se propone la adición de un párrafo segundo al inciso b) de la fracción III, así como un párrafo segundo al inciso a) de la fracción VIII, ambos del art. 174 del Código Fiscal de la Ciudad de México, misma que busca se aplique la tarifa correspondiente a la suma de los consumos de las tomas.

  • Impuesto predial. Se propone publicar nuevamente las matrices de características y de puntos y las normas de aplicación necesarias para la determinación del valor catastral base del impuesto predial, entre ellas la relativa al 8% de incremento por concepto de instalaciones especiales, elementos accesorios u obras complementarias, respecto de lo cual los órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación han declarado su inconstitucionalidad.
  • Impuesto sobre adquisición de inmuebles (reducción por herencia). Se aplicará una reducción equivalente al 50% del Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles únicamente en caso de que la adquisición se derive de una sucesión por herencia; siempre y cuando se actualice alguno de los supuestos previstos en el párrafo tercero, de la fracción I, del artículo 115 del mismo Código.
  • Derechos por el Suministro de Agua (reducciones). Se busca otorgar una condonación en el pago de los Derechos por el Suministro de Agua a partir del año 2018 a los usuarios de uso doméstico o uso doméstico y no doméstico simultáneamente (mixto), así como a los mercados y concentraciones públicas que hayan recibido el suministro de agua de modo insuficiente para satisfacer sus necesidades básicas; para lo cual se prevé que a más tardar el 13 de marzo de 2023 se emita un Dictamen Técnico que contendrá las zonas en que aplique el beneficio.

Hay algunos otros beneficios fiscales próximos a emitirse durante el mes de enero, entre ellos encontramos disposiciones que afectan el impuesto predial y el impuesto sobre tenencia vehicular.

Impuesto Predial

a) El 16 de enero de 2023, a más tardar, la Jefatura de Gobierno deberá emitir el programa general de subsidios al Impuesto Predial tratándose de inmuebles de uso habitacional.

b) El 31 de enero de 2023, a más tardar, la Jefatura de Gobierno emitirá un programa de Condonación del Impuesto Predial a los propietarios o poseedores de inmuebles ubicados en las colonias de la Ciudad de México que presenten daños estructurales ocasionados por grietas y/o hundimientos diferenciados. Dicha condonación será del 50%, 75% o 100%, dependiendo de que en la opinión técnica se establezca que el inmueble es de bajo, mediano o alto riesgo.

c) El 31 de enero de 2023, a más tardar, la Jefatura de Gobierno emitirá una Resolución de Carácter General por medio de la cual habrá condonación del impuesto a los propietarios o poseedores de inmuebles que presenten daños ocasionados por las obras de construcción del Tren Interurbano denominado “Tren Toluca-Valle de México”.

d) El 31 de enero de 2023, a más tardar, la Jefatura de Gobierno emitirá una Resolución de Carácter General por medio de la cual haya condonación total o parcial del pago del impuesto del ejercicio fiscal 2018 a la fecha a favor de las personas propietarias o poseedoras de inmuebles ubicados en las colonias Primera Victoria, Minas de Cristo y Cove, de la Alcaldía Álvaro Obregón, que presenten daños ocasionados por las obras de ampliación de la Línea 12 del Sistema de Transporte Colectivo Metro.

Impuesto de Tenencia Vehicular

a) El 16 de enero de 2023, a más tardar, la Jefatura del Gobierno emitirá un Acuerdo de Carácter General de Subsidio al Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos, a través del cual otorgará del 1 de enero al 31 de marzo del 2023 un subsidio del 100% a los vehículos cuyo valor sea máximo de $250,000, para ciertos tenedores o usuarios de vehículos.

Sugerimos estar atentos a los programas y resoluciones que se emitan durante el mes de enero para saber si se obtendrá algún beneficio en el pago de impuestos.

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