10porciento adicional en dividendos
10% adicional de pago de dividendos, ¿cuándo procede?

Por: Roberto Colín.

Revisamos a detalle el artículo 164 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) sobre el impuesto adicional del 10% sobre los dividendos, ¿cuáles son las operaciones implicadas y a partir de qué ejercicio?

Desde 2014, se incluyó en la LISR el impuesto adicional del 10% sobre dividendos; regulado en el artículo 164, se establece que, en los ingresos por dividendos o utilidades, y por las ganancias distribuidas por personas morales en general, se considerará que la fuente de riqueza se encuentra en territorio nacional cuando la persona que los distribuya resida en el país.
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manejo de viaticos
Tratamiento fiscal de los viáticos y los gastos de representación

Por: Francisco Javier Gómez Serrano  

Para muchos, el tema de los viáticos ha sufrido un enorme cambio en su tratamiento fiscal y es por ello que, en esta ocasión, hablaré de ellos y de sus requisitos.

 Se dice que el viático es aquella erogación que se efectúa por parte de una persona al realizar actividades en nombre o a favor de un patrón que se ve beneficiado del producto que de ese trabajo se logre.
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carta invitacion 1
Aclaración de cartas invitación y exhortos de la autoridad fiscal

Por: L.C. Luis Velasco.

Conoce los mecanismos que implementa la autoridad fiscal para ponerse en contacto con el contribuyente y aclarar la situación fiscal del mismo. ¿Cuáles son las novedades en materia?

El pasado 28 de septiembre, la titular del Servicio de Administración Tributaria giró un oficio a diversas administraciones generales adscritas al SAT, en la que instruyó a que las cartas invitación o exhortos relativos a la presentación de declaraciones deberán ser emitidos por la Administración General de Recaudación o la Administración Central de Promoción y Vigilancia del Cumplimiento o administraciones desconcentradas de recaudación.Continuar Leyendo

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