
10% adicional de pago de dividendos, ¿cuándo procede?
Por: Roberto Colín.
Revisamos a detalle el artículo 164 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) sobre el impuesto adicional del 10% sobre los dividendos, ¿cuáles son las operaciones implicadas y a partir de qué ejercicio?
Desde 2014, se incluyó en la LISR el impuesto adicional del 10% sobre dividendos; regulado en el artículo 164, se establece que, en los ingresos por dividendos o utilidades, y por las ganancias distribuidas por personas morales en general, se considerará que la fuente de riqueza se encuentra en territorio nacional cuando la persona que los distribuya resida en el país.
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