Por: Mtro. y L.C. Alejandro Bolaños Pérez.
Por: Mtro. y L.C. Alejandro Bolaños Pérez.
M.D.T. y L.C. Mabel Salazar
Para la determinación de los impuestos solemos utilizar como base ingresos por actividades económicas que realizamos; entonces, para la autoridad fiscal cualquier monto que entra a nuestras cuentas bancarias puede ser confundido y considerado como un incremento de los ingresos.… Continuar Leyendo
C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín
La versión del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) versión 4.0 incorporó en el nodo “Concepto” el atributo “ObjetoImp” para detallar las características de los productos o servicios.… Continuar Leyendo
Mtro. y L.C Alejandro Bolaños Pérez
Una vez más nos aproximamos al cierre anual y con ello el cierre contable y fiscal del ejercicio. Por lo que, como profesionistas del área contable y fiscal de las empresas, te sugerimos incorporar como una práctica recurrente la elaboración de un pre-cierre contable y fiscal que te ayude a identificar tanto aspectos operativos y económicos, contables, fiscales, legales como muchos otros.… Continuar Leyendo
Mtro. y L.C. Alejandro Bolaños Pérez
El RESICO para personas físicas es un régimen opcional, según lo establece el artículo 113 – E de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) vigente, en su primer párrafo:
… Continuar LeyendoLos contribuyentes personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, profesionales u otorguen el uso o goce temporal de bienes, podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en los términos establecidos en esta Sección, siempre que la totalidad de sus ingresos propios de la actividad o las actividades señaladas que realicen, obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de tres millones quinientos mil pesos.