faltantes de inventario
Faltantes de inventario: aspectos a considerar al final del ejercicio

C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín

Los contribuyentes con actividades empresariales y personas físicas que perciben ingresos por actividades empresariales tienen la obligación de formular un estado de posición financiera y realizar un inventario de existencias al cierre del ejercicio.

Cuando el levantamiento resulte en diferencias entre conteos físicos y las unidades registradas en contabilidad, se consideran como faltantes de inventario.… Continuar Leyendo

levantamiento de inventario
Levantamiento de inventario: una obligación al final del ejercicio

C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín

El artículo 76, fracción IV, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR), establece que los contribuyentes que realicen actividades empresariales tienen la obligación de formular un estado de posición financiera. Asimismo, de realizar un levantamiento de inventario de existencias a cierre del ejercicio, de acuerdo con las disposiciones reglamentarias respectivas.

Continuar Leyendo
valuacion de inventarios
Métodos de valuación de inventarios aceptados por la autoridad

Por: Luis Alonso Hurtado Colin

Los inventarios representan el núcleo de la operación de muchas organizaciones, ya que integran conceptos de alto valor agregado, orientados hacia la generación de ingresos al incurrir en el costo de lo vendido.

Considerar existencias adecuadas en los inventarios es fundamental para evitar problemas de liquidez por el recurso estacionado en la empresa mientras se espera la comercialización; además, representa un área de oportunidad para atender la demanda de forma oportuna sin incurrir en problemas por faltantes de stock.… Continuar Leyendo

levantamiento de inventario al cierre
Implicaciones en materia de levantamiento de inventarios al cierre del año

Por Roberto Almaraz González.

Estamos llegando al término de un ejercicio, época en la que además del cierre contable de la información, aprovechamos para realizar en la mayoría de las Personas Morales, un inventario físico.

Fundamento para realizar el inventario

La Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) es la que nos indica la obligación de realizar ésta actividad en su artículo 76 Fracción IV, como parte del Capítulo IX De las Obligaciones de las Personas Morales, cuyo texto nos indica:

“Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:

IV.

Continuar Leyendo
error: Content is protected !!