calendario optativo
Calendario optativo para declaraciones periódicas después del día 17 de cada mes

Por: C.P.C. Roberto Almaráz

Conoce esta facilidad que se presenta a los contribuyentes, así como los beneficios que brinda el optar por ella en el caso de declaraciones que se presentan mes a mes.

Cuando se trata de la presentación y entero de los impuestos es común que la operación, o alguna contingencia, nos ocasione retrasos, generándonos ansiedad, en otras tantas de las veces estrés, por la generación de recargos de nuestras contribuciones, por el hecho de enterar nuestros impuestos, seamos persona física o moral, después del día 17, del mes inmediato posterior al mes en que se generan, dependerá del tiempo que nos vayamos alargando, que se deban pagar también recargos, si tuviésemos un escenario desfavorable, la autoridad, pudiese requerirnos, si hacemos caso omiso, a ésta solicitud, dentro de sus facultades está el solicitarnos el entero de los impuestos que tenemos dados de alta y pendientes de presentar, además hacernos acreedores al pago de una potencial multa.… Continuar Leyendo

visitas domiciliarias
Facultades de comprobación en materia fiscal y aduanera

Por: EF Arturo Morales Armenta y C.PC. Carmen Karina Tapia Iturriaga.

Conoce las leyes y artículos que tratan sobre las facultades de comprobación por parte de la autoridad en temas fiscales y de aduanas. ¿Cuándo aplica?, ¿cuál es el procedimiento?

Antecedentes

El artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), señala que nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.Continuar Leyendo

exportacion temporal
Qué son y cómo funcionan las exportaciones temporales

Por: C.P.C. Alberto Copado.

Revisamos a detalle el artículo 90 de la Ley aduanera, ¿qué aspectos son los más relevantes en materia de exportaciones temporales?

A las mercancías que se introducen o se extraen del territorio nacional, es obligatorio que se le destine a un régimen aduanero, que conforme al artículo 90, de la Ly aduanera son:

A.… Continuar Leyendo

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