CFDI concepto distinto a la actividad
Implicaciones al emitir un CFDI por conceptos distintos a tu actividad

Por: C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín.

Con la Reforma Fiscal 2022 se incluyen modificaciones y adecuaciones en la emisión del CFDI, como es la actualización de las actividades y obligaciones manifestadas en el CFDI en caso de discrepancia.

En este sentido, se establece que la autoridad fiscal actualizará las actividades económicas y obligaciones de los contribuyentes al régimen fiscal que le corresponda, cuando exista discrepancia entre la descripción de los bienes, mercancías, servicio o del uso o goce señalados en el CFDI y la actividad económica registrada por el contribuyente.… Continuar Leyendo

saldo a cargo declaracion anual
¿Saldo a cargo en la declaración anual de personas físicas? Opciones para pagarlo

Por: C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín.

Cada año las personas físicas presentan la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio inmediato anterior, dentro de los primeros cuatro meses del ejercicio siguiente.

Cuando en la declaración anual del ISR se genera impuesto a cargo, la declaración se considera presentada en el momento en el que se paga la declaración, por lo que no basta con enviarla.… Continuar Leyendo

negociar pago PTU
PTU a pagar ¿Negociable fecha de pago a los trabajadores?

Por: L.C. César Aguilar Aguilar.

Conoce la fecha de pago de la PTU a los trabajadores y qué sucede ante las objeciones de parte de los trabajadores, ¿es negociable la fecha de pago?

De acuerdo con el artículo 122 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el reparto de utilidades entre los trabajadores deberá efectuarse dentro de los sesenta días siguientes a la fecha en que deba pagarse el Impuesto sobre la Renta (ISR) del ejercicio, aun cuando esté en trámite la objeción de los trabajadores.… Continuar Leyendo

saldo a cargo tras declaracion anual
¿Saldo a cargo en la Declaración Anual de personas físicas? Opciones para pagarlo

Por: C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín.

Cada año las personas físicas presentan la Declaración Anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) correspondiente al ejercicio inmediato anterior, dentro de los primeros cuatro meses del ejercicio siguiente.

Cuando en la Declaración Anual del ISR se genera impuesto a cargo, la declaración se considera presentada en el momento en el que se paga la declaración, por lo que no basta con enviarla.… Continuar Leyendo

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