Cambios en 2022 para la facturación global por operaciones con público en general

Por: C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín.

En la emisión de la factura global existen cambios previstos en la regla 2.7.1.21 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) vigente al 2022; sin embargo, conviene recordar qué es la factura global y en qué casos debe emitirse.

La factura global es el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) generada por aquellos ingresos derivados de “operaciones con público en general” por las que no se emitió una factura y que debe emitirse al cierre de las operaciones realizadas diaria, semanal, mensual o bimestralmente.

Por consiguiente, la factura global por operaciones con público en general representa el medio con el cual un contribuyente informa a la autoridad fiscal referentes a sus ingresos obtenidos al cierre de sus operaciones.

Al respecto, la regla 2.7.1.21 de la RMF para el 2022, establece que los contribuyentes podrán elaborar un CFDI diario, semanal o mensual donde consten los importes respectivos a cada una de las operaciones realizadas con el público en general del periodo al que corresponda y con el número de folio o de operación de los comprobantes de operaciones con el público en general que se hubieren emitido, utilizando para ello la clave genérica en el RFC.

De los cambios previstos precisamente en dicha regla 2.7.1.21 de la RMF para el 2022, tenemos a considerar los siguientes:

a) Plazo de expedición
Se reduce el plazo de 72 a 24 horas para emitir la factura global, posteriores al cierre de las operaciones realizadas de manera diaria, semanal, mensual o bimestral.

b) Régimen de Incorporación Fiscal
Podrán elaborar el CFDI de referencia de forma bimestral a través de “Factura fácil” de la aplicación electrónica “Mis cuentas”, incluyendo únicamente el monto total de las operaciones del periodo que corresponda, separando el monto del IVA e IEPS a cargo del contribuyente. Es aplicable solo para los CFDI emitidos en su versión 3.3.

Desaparece la facilidad de no expedir comprobantes por operaciones inferiores a $250.

c) Estaciones de servicio de combustibles
Los contribuyentes obligados a llevar controles volumétricos de hidrocarburos y petrolíferos podrán seguir emitiendo un CFDI diario, semanal o mensual por todas las operaciones que realicen con el público en general hasta el 31 de diciembre del 2022; siempre que cumplan con los requisitos aplicables a la facilidad.

Por último, hay que tener presente que el 31 de diciembre del 2021 el SAT publicó en su portal de Internet las guías de llenado de los CFDI aplicables a la versión 4.0 de la factura electrónica; entre ellas la “Guía de llenado del CFDI global Versión 4.0 del CFDI”, cuya finalidad es explicar la forma correcta de llenar y expedir un CFDI global en la versión 4.0, observando las definiciones del estándar tecnológico del Anexo 20 y las disposiciones jurídicas vigentes que sean aplicables.

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