
Por Alberto Copado Guillén.
¿Qué sucede cuando la autoridad fiscal encuentra ingresos no declarados por parte de los contribuyentes? Conoce el proceso y las medidas que se siguen ante casos de discrepancia fiscal.
En el mundo de las personas físicas, el artículo 91 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) es el ombligo del Procedimiento de la Discrepancia Fiscal, que la autoridad lleva a cabo cuando comprueba que el monto de las erogaciones en un año de calendario fueron superiores a los ingresos declarados por el contribuyente.… Continuar Leyendo