C.P.C., P.C.FI. y Mtro. Roberto Colín
La participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas (PTU) es un derecho que establece el artículo 123, apartado A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De tal forma que, son sujetos obligados a repartir utilidades las personas físicas y morales con actividades de producción o distribución de bienes o servicios de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), que al ser o no contribuyentes del impuesto sobre la renta, tengan trabajadores a su servicio mediante el pago de un salario.
Los criterios que al respecto se han sustentado por las autoridades del trabajo y que en la práctica se aplican son los siguientes:
a) Las empresas que se fusionen, traspasen o cambien su nombre o razón social, tienen obligación de repartir utilidades a sus trabajadores, por no tratarse de empresas de nueva creación, ya que iniciaron sus operaciones con anterioridad al cambio o modificación de sus nombres o razones sociales.
b) En las empresas que tengan varias plantas de producción o distribución de bienes o servicios, así como diversos establecimientos, sucursales, agencias u otra forma semejante, cuyos ingresos se acumulen en una sola declaración para efectos del pago del impuesto sobre la renta, la participación de las utilidades a las personas trabajadoras se hará con base en la declaración del ejercicio y no por los ingresos obtenidos en cada unidad económica.
c) Las asociaciones o sociedades civiles constituidas sin fines de lucro, que obtengan ingresos por la enajenación de bienes distintos a su activo fijo o presten servicios a personas distintas de sus miembros, siempre que dichos ingresos excedan 5% del total, tienen obligación de repartir las utilidades a sus trabajadores por estos conceptos.
d) Las sociedades cooperativas que tengan a su servicio personal administrativo y asalariado, que no sean socios, cuyas relaciones de trabajo se rigen por la Ley Federal del Trabajo, tendrán obligación de participar a esos trabajadores de las utilidades que obtengan.
Por último mencionar, que aquellas empresas que se consideren exentas del pago del impuesto sobre la renta en forma parcial o total y que tengan trabajadores a su servicio, están obligadas a repartir PTU por la parte de la exención, toda vez que dicha exención es para efectos fiscales y no laborales.
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