Por L.C.C. César Aguilar Aguilar
¿No tienes claro qué gastos escolares son deducibles? ¡Sigue leyendo! En este artículo aclaramos todas tus dudas sobre el tema.
Impacto económico del ciclo escolar
El pasado 26 de agosto de 2024 inició en nuestro país el ciclo escolar 2024-2025 para las instituciones educativas de nivel básico, que incluye el nivel preescolar, primaria y secundaria, al igual que algunas instituciones de educación media superior.
Es importante reconocer el impacto económico significativo que tiene el inicio del ciclo escolar antes mencionado en la población, principalmente por lo siguiente:
- Se estima que el regreso a clases representa un gasto considerable para las familias, ya que de acuerdo con la Asociación Nacional de Pequeños Comerciantes (ANPEC), se destinan entre $3,000 y $5,000 por hijo para cubrir los gastos de útiles escolares, uniformes y otros artículos necesarios para el nuevo ciclo escolar, sin considerar que el monto de colegiaturas representa un concepto importante.
- El regreso a clases involucra un incremento en el tráfico vehicular, especialmente en zonas urbanas, ya sea por automóviles o por el transporte escolar.
¿A quiénes aplica los gastos escolares deducibles?
Aprovechando la coyuntura en esta época de regreso a clases, es crucial recordar que los pagos por colegiaturas y transporte escolar (cuando sea obligatorio o cuando esté incluido en la colegiatura) son deducibles en la Declaración Anual de impuestos de las personas físicas.
Vale la pena señalar también que, conforme a las disposiciones fiscales, este beneficio no solo es aplicable para el contribuyente, sino también para su cónyuge, concubino (a), y familiares ascendientes o descendientes en línea directa.
Límites deducibles
En relación con lo anterior, la deducción de colegiaturas se realiza de acuerdo al nivel educativo cursado en instituciones privadas que cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios.
Desde hace ya varios años, los límites deducibles en el ejercicio son los siguientes:
- Preescolar: $14,200
- Primaria: $12,900
- Secundaria: $19,900
- Profesional técnico: $17,100
- Bachillerato o su equivalente: $24,500
Conforme al “Decreto que Compila Diversos Beneficios Fiscales y Establece Medidas de Simplificación Administrativa”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2012, se establecen medidas específicas para la deducción de gastos por servicios de enseñanza o colegiaturas, que abarcan desde el nivel preescolar hasta bachillerato o su equivalente.
Requisitos para las deducciones
Los artículos 1.12, 1.13 y 1.14 del decreto mencionan los elementos necesarios para la deducción de gastos por servicios de enseñanza, destacando que los pagos deben realizarse mediante:
- Cheque nominativo del contribuyente.
- Transferencias electrónicas de fondos de cuentas del contribuyente.
- Instituciones del sistema financiero mexicano.
- Tarjetas de crédito, débito o de servicios.
Es necesario recordar que, para poder tomar estas deducciones, la factura emitida por la institución educativa incluya el Complemento de Colegiaturas, desglosando los pagos correspondientes a las colegiaturas y al transporte escolar. Este proceso lo puedes realizar de manera fácil y rápida con el Sistema Administrativo para Escuelas de Siigo|Aspel que te permite facturar, cumpliendo con todos los requisitos fiscales.
También se debe considerar que el SAT pone a disposición en su portal el Visor de deducciones personales, donde se pueden consultar los requisitos que deben cumplir estos gastos para que sean prellenados correctamente en la declaración anual de las personas físicas.
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