Los errores más comunes en el llenado de la Declaración Anual 2022

L.C. Alejandro Bolaños Pérez

A continuación, mencionamos algunas consideraciones que debemos tener y algunos errores, al momento del llenado de la declaración anual de personas físicas.

1. Cálculo automático

Si bien el SAT se ha anticipado y precargado, en su aplicativo correspondiente a la declaración anual datos de ingreso y deducciones, así como de retenciones y deducciones personales; en mi opinión, es recomendable realizar papeles de trabajo en donde, previamente al llenado de la declaración, revisemos los ingresos, deducciones, retenciones, etc., y realizar el cálculo del ISR del ejercicio de forma independiente al sistema del SAT.

Lo anterior, nos ayudará a verificar (a) que la información precargada por el SAT corresponda a la que efectivamente respalda nuestras operaciones y en caso de alguna discrepancia podamos verificar en donde se origina, y (b) que el cálculo del impuesto determinado por el aplicativo del SAT coincida con el realizado de forma independiente, e igualmente, en caso de discrepancia podamos identificar su origen.

Lo anterior toma más relevancia cuando el contribuyente obtuvo, durante el ejercicio, ingresos correspondientes a diversos capítulos señalados en la Ley del ISR.

2. Deducciones personales

Otra situación que suele presentarse al momento por los contribuyentes al momento de realizar su declaración es considerar que el importe total de erogaciones realizadas por concepto de deducciones personales será deducible.

Sin embargo, debemos recordar que la Ley del ISR establece en su artículo 151, último párrafo que:

El monto total de las deducciones que podrán efectuar los contribuyentes en los términos de este artículo, no podrá exceder de la cantidad que resulte menor entre cinco veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización, o del 15% del total de los ingresos del contribuyente, incluyendo aquéllos por los que no se pague el impuesto. Lo dispuesto en este párrafo no será aplicable tratándose de la fracción V de este artículo.

Por lo anterior, aún y cuando los contribuyentes hayan realizado erogaciones por conceptos – en principio deducibles bajo el concepto que nos ocupa – es importante considerar que es la misma Ley del ISR quien establece un límite al importe deducible.

3. CLABE Bancaria

Un dato que es solicitado por el SAT, en caso de resultar saldo a favor del contribuyente es el número de cuenta CLABE del banco correspondiente, mismo que sirve para la realización del depósito de la cantidad solicitada en devolución.
Al respecto hemos observado que en ocasiones existen errores en la CLABE y por ende el SAT no podría realizar el depósito correspondiente.

Es por lo anterior que, sugerimos a los contribuyentes verificar que la CLABE bancaria sea capturada de forma correcta.

4. Forma de pago de las deducciones

En ocasiones también existe el error de haber realizado pagos de deducciones, ya sean correspondientes a la actividad realizada o las personales, con efectivo; lo cual no cumple con el requisito general de que las erogaciones deducibles deben ser pagadas con cheque, transferencia bancaria o tarjetas de crédito o servicios.

Lo anterior, crea confusión y molestia por parte de los contribuyentes; sin embargo, son aspectos que deben ser observados durante el ejercicio y evitar estas sorpresas al momento de buscar la deducción dentro del aplicativo del SAT.

5. Importe de ingresos

Los ingresos acumulables del ejercicio se determinan de sumar aquellos que fueron declarados por los contribuyentes durante el ejercicio, principalmente en los pagos provisionales de los contribuyentes, situación que en ocasiones no coinciden entre si o es necesario realizar alguna modificación, para lo cual, los contribuyentes deberán presentar declaración complementaria de pagos provisionales para reflejar dentro del aplicativo del SAT los ingresos realmente obtenidos durante el ejercicio.

6. Contraseña y/o e.firma actualizada

Es importante también verificar con anticipación que la contraseña y/o e.firma del contribuyente este vigente para la presentación de la declaración anual, en virtud de que éstas son indispensables para el envío de la misma.

7. Explorador

Es importante también se verifique el explorador que se utilizará para la preparación y envío de la declaración anual.

De acuerdo con el SAT, en su documento “Preguntas frecuentes de la Declaración Anual de Personas Físicas 2022” se recomienda utilizar alguno de los siguientes: Google Chrome, Mozilla Firefox, Microsoft Edge y Safari.

8. Visores de ingresos para el trabajador y de deducciones personales

Sugerimos verificar los datos contenidos en el visor de ingresos para el trabajador (es decir de los recibos de nómina) y del correspondiente a las deducciones personales, que, como señalamos, nos ayudarán a identificar si la información coincide con la que nosotros contamos o si existiera alguna diferencia se proceda a realizar su aclaración.

9. Campos específicos

Será también importante verificar que se elijan las opciones correspondientes como pueden ser, entre otras, ingresos en copropiedad o sociedad conyugal, deducción del 8% en régimen de autotransporte, etc. debido a que el no elegirlos podría inhabilitar los campos para cargar la información correspondiente.

10. Pérdidas fiscales

Se deberá verificar la presentación correcta de las declaraciones de ejercicios anteriores y el importe declarado por concepto de pérdidas fiscales, debido a que el sistema del SAT precarga este dato de dichas declaraciones; en caso de no coincidir con los importes del contribuyente se deberá presentar declaración complementaria correspondiente.

Debemos tomar en cuenta que la actualización de datos en el sistema del SAT puede ser de hasta 48 horas, por lo que debemos asegurarnos de presentar las declaraciones complementarias con tiempo suficiente para que el dato sea actualizado y el envío de la declaración sea dentro del plazo señalado por las disposiciones fiscales.

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