Nuevos formatos de pagos provisionales ISR para PF y PM en portal SAT

Por: Mtro. y L.C. Alejandro Bolaños Pérez.

Conoce las novedades en materia de pagos provisionales y los puntos clave que debes considerar para no pagar de más.

La “Guía de llenado de la declaración del pago provisional “ISR personas morales” señala que “La declaración “ISR personas morales” se crea con el objeto de facilitar el cumplimiento del pago provisional a cuenta del impuesto del ejercicio, que presentan las personas morales del régimen general, la cual se precarga con la información de la declaración anual del ejercicio inmediato anterior, los CFDI de tipo Ingreso emitidos por los contribuyentes y de los pagos provisionales realizados con anterioridad en el mismo ejercicio.”

De acuerdo con el contenido de la guía, información como ingresos nominales, coeficiente de utilidad, PTU, pérdidas fiscales, etc. será precargada de los CFDI emitidos y de las declaraciones presentadas.

Por ello, será de suma importancia que los contribuyentes tengan identificados los ingresos soportados por el CFDI, así como su cancelación, anticipos recibidos, etc. para poder determinar de forma correcta los ingresos del periodo a que se refiere el pago provisional.

Será importante también reforzar el control interno de diversos procesos como pueden ser la emisión del CFDI de Ingreso y su cancelación del CFDI, en virtud de que podría existir una duplicidad de ingresos y por ende un pago ex exceso de impuesto.

Ahora bien, opinamos que, en la teoría, pareciera ser muy sencillo el ejemplo que el SAT incluye en su guía; pero en la realidad económica pueden existir circunstancias que no necesariamente se reflejen en un CFDI, como lo es la ganancia cambiaria; lo cual si bien está contemplado en la plataforma. Por lo que insistimos que será necesario tener el control de dichos conceptos o de alguno otro que en particular pueda tener algún contribuyente para una adecuada determinación del pago provisional.

Otro aspecto a vigilar sería el concepto de PTU pagada, que, de acuerdo con la guía, será tomado de los CFDI de nómina expedidos por el contribuyente; en este punto será importante también observar que nuestros controles para la emisión de los CFDI de nómina sean adecuados para evitar alguna confusión de los sistemas del SAT.

Será también importante tener nuestro control debido a que en ocasiones el SAT refleja cifras que no necesariamente son las que se declararon y que, si bien suele corregir o actualizar sus datos, podía ser que por falta de esta actualización lleve a los contribuyentes al pago en exceso de impuestos.

Situaciones similares se presentan en el formato para las personas físicas, en este caso, sugerimos igualmente la implementación de controles contables y fiscales para temer claridad de los importes que deben ser declarados.

Por ejemplo, una sugerencia en el caso de personas físicas podría ser el tener una cuenta bancaria para su actividad económica, distinta a la que utiliza personalmente; esto ayudará a identificar los fondos que tiene, los pagos recibidos y realizados, el pago de sus honorarios o utilidades, etc.

Asimismo, en caso de tener diversas actividades, mantener un control de ingresos y gastos para cada actividad le ayudaría a tener claridad de sus rendimientos y, en su defecto, hacer los ajustes correspondientes como puede ser la optimización de algún costo o gasto o el incremento del precio de sus servicios o bienes.

Algo importante es no olvidar que de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación las contribuciones son autodeterminables; es decir, que son los contribuyentes quienes deben determinar sus impuestos, por lo que, en caso de que exista alguna inconsistencia de la información del SAT contra la que tienen los contribuyentes, se deberá pagar conforme a esta última; para lo cual sugerimos acercarse al SAT para su aclaración, dado que estos datos serán considerados para los pagos provisionales subsecuentes y para la declaración anual del ejercicio.

Finalmente, cabe señalar que, como todo proceso, estos nuevos formatos nos llevarán a implementar procesos nuevos o adicionales o solo a adaptar algunos que hoy en día tenemos; asimismo, por parte del SAT, seguramente, según se vayan presentando problemas, se tendrán que corregir para alcanzar el objetivo de simplificar el pago de contribuciones a los contribuyentes.

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