Prácticas desleales al comercio internacional: Dumping y Subvenciones

Por: CP.C. Jorge Javier Rodríguez Puig

En el presente artículo se hará mención de lo que internacionalmente son consideradas como Prácticas Desleales al Comercio Internacional como lo son Dumping y Subvenciones.

Desde mi punto de vista el tema acerca de las prácticas desleales al comercio exterior es un tópico sumamente importante que debe ser tomado en cuenta al momento de querer realizar una importación o exportación hacia o desde un territorio aduanero a otro.

Desafortunadamente como en muchos otros temas que tienen que ver con la operación aduanera, existe mucho desconocimiento tanto del importador, exportador, intermediarios, representantes legales, etc. Lo anterior por una deficiente preparación escolar, falta de lectura, no saber dónde buscar, interés, tiempo, entre otros males que aquejan a nuestros profesionistas hoy día. Y es por eso que en esta ocasión trataré el tema de “prácticas desleales al comercio exterior” lo más puntual posible y de una manera didáctica.

Siempre que se quiera estudiar sobre un concepto aduanero (nos guste o no) tenemos que partir del marco jurídico ya que la legislación debe ser un referente para comprender la figura jurídica correspondiente.

Nuestra legislación nacional regula a las prácticas desleales al comercio exterior en cuatro diferentes ordenamientos y estos son: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Ley de Comercio Exterior, Reglamento de la Ley de Comercio Exterior y el Código Federal de Procedimientos Civiles, desde un punto de vista internacional podemos revisar el Acuerdo por el que se establece la OMC, Acuerdo relativo a la Aplicación del artículo VI del GATT de 1994, acta Final de la Ronda de Uruguay entre otros.

Es importante mencionar que existen actos que no son considerados Prácticas Desleales al Comercio Internacional es decir tienen un tratamiento jurídico distinto (son delitos regulados en el Código Fiscal de la Federación), como ejemplos podemos mencionar el contrabando, piratería, productos “chatarra”, falsear el origen de las mercancías (llamado también contrabando técnico).

¿Por qué el dumping y las subvenciones son considerados como “prácticas desleales al comercio internacional?

Ambas actividades son consideradas como prácticas desleales al comercio derivado de que cada una de ellas es capaz de causar un daño o son una amenaza latente a la producción del país receptor (importador) de mercaderías en estas condiciones, son un daño de un 25% mínimo a la producción nacional, son también prácticas injustas porqué estás prácticas no tienen su origen en factores competitivos, sino se basan en aspectos “artificiales” como lo es la reducción deliberada de precios o un incentivo/ayuda de los gobiernos.

La Ley de Comercio exterior establece en su artículo 28 lo siguiente:

“…Artículo 28.- Se consideran prácticas desleales de comercio internacional la importación de mercancías en condiciones de discriminación de precios o de subvenciones en el país exportador, ya sea el de origen o el de procedencia, que causen daño a una rama de producción nacional de mercancías idénticas o similares en los términos del artículo 39 de esta Ley. Las personas físicas o morales que importen mercancías en condiciones de prácticas desleales de comercio internacional estarán obligadas al pago de una cuota compensatoria conforme a lo dispuesto en esta Ley…”

Del artículo anteriormente descrito podemos entender que existen dos prácticas desleales al comercio internacional: Dumping y Subvenciones, además el citado artículo nos regla la sanción que deberá cubrir quienes realicen este tipo de prácticas llamándoles a dichas sanciones “CUOTAS
COMPENSATORIAS”. Es bien importante el mencionar que las cuotas compensatorias no son impuestos ya que si así lo fueran tendrían que ser de carácter general y se calculan de la siguiente manera:

a) Si hablamos de Dumping la cuota compensatoria o derechos antidumping serán en razón de lo que resulte de la diferencia entre el valor normal y el precio de exportación.
b) Si hablamos de subvenciones la cuota compensatoria será dependiendo del valor de lo subsidiado.

Dumping

El Dumping (palabra que tiene su origen en el inglés TO DUMP arrojar, tirar o deshacerse de algo) tiene sus orígenes en la legislación norteamericana; es una figura que en la OMC es definida como “la exportación a precios inferiores a su valor normal”. Entendiendo como “valor normal” al precio del exportador en el mercado interno a un tercer mercado, o bien su valor reconstruido (suma de costos más gastos más utilidad).

La teoría clásica del DUMPING (J. Viner) establece tres tipos de Dumping:

a) Dumping Esporádico: Consistente a la exportación TEMPORAL a precios menores que los internos a fin de eliminar inventarios coyunturales no deseados.
b) Dumping Persistente: Práctica CONTINUA de exportar por debajo de precios para maximizar utilidades aprovechando la existencia de diferencias en la elasticidad precio de demanda del mercado interno vs el de exportación.
c) Dumping predatorio o rapaz. Exportación por debajo del precio incluso del costo de producción a fin de desplazar a los fabricantes y, posteriormente, aumentar precios aprovechando la posición monopólica en el mercado.

Subvenciones

Las Subvenciones pueden ser definidas como una contribución financiera de un Gobierno o cualquier Organismo Público. Dichas contribuciones pueden realizarse en forma de préstamos, donaciones, infusiones de capital, asunción de pasivos, exenciones fiscales, dotación de bienes o servicios públicos subsidiados entre otros.

Las subvenciones se pueden clasificar en tres tipos:

a) Prohibidas: Todas aquellas supeditadas a resultados de exportación y al empleo de productos nacionales.
b) Recurribles: Específicas para alguna industria, que causen daño al importador.
c) Permitidas: Aquellas NO específicas, investigación y desarrollo, medio ambiente y desarrollo regional.

Efectos económicos tanto del Dumping así como de las subvenciones (aunque tienen orígenes distintos es decir del primero son las empresas privadas, del segundo son los Gobiernos) son los mismos:

a) Bajan las ventas nacionales
b) Suben las importacione
c) Desplazas la venta nacional
d) Las ventas caen
e) Los inventarios suben
f) Crean Guerra de precios

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