Mujer cargando moneda

¿Qué es el impuesto cedular y en qué entidades federativas se paga?

M.D.T. y L.C. Mabel Salazar

Quizá has escuchado hablar del término impuesto cedular sin tener una idea clara de qué se trata, hoy conoceremos acerca de este impuesto y sus implicaciones.

¿Qué es un impuesto cedular?

Un impuesto cedular es aquella contribución estatal generada al realizar actividades específicas como persona física. También se le llamó impuesto analítico. Dicho gravamen se obtiene de las utilidades obtenidas por el contribuyente.

A través del “Decreto por el que se reforma y adiciona la Ley del Impuesto al Valor Agregado”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de diciembre del 2004, se reformó el artículo 43 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), mediante el cual se dio a las entidades federativas la posibilidad de establecer impuestos cedulares sobre los ingresos que obtengan las personas físicas por tener actividades como la prestación de servicios profesionales, otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles, enajenación de bienes inmuebles y/o actividades empresariales.

Incluso si el marco normativo de dichas contribuciones tuvo origen mediante la reforma a la LIVA, actualmente solo siete entidades federativas cuentan con este tipo de impuestos, dentro de los cuales están: Chihuahua, Guanajuato, Guerrero, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo y Yucatán.

Para que una entidad exija el pago de este impuesto debe haber firmado un convenio con la Federación de manera que pueda cobrarlo en cada oficina recaudadora del Estado.

Tasa de Impuesto Cedular

De conformidad con el artículo 43 de la LIVA, las entidades federativas podrán establecer impuestos cedulares sobre los ingresos que obtengan las personas físicas por:

  • Prestación de servicios profesionales

Tratándose de personas físicas que obtengan ingresos por la prestación de servicios profesionales, la tasa del impuesto que se podrá establecer será entre el 2% y el 5%. Las entidades federativas podrán gravar dentro del impuesto cedular sobre sueldos o salarios los ingresos personales independientes que estén asimilados a los ingresos por la prestación de un servicio personal subordinado.

  • Otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles

En el caso de personas físicas que obtengan ingresos por otorgamiento del uso temporal de bienes inmuebles, la tasa del impuesto que se podrá establecer será entre el 2% y el 5%.

  • Enajenación de bienes inmuebles

En el caso de personas físicas que obtengan ingresos por enajenación de bienes inmuebles la tasa del impuesto que se podrá establecer será entre el 2% y el 5%, y deberá aplicarse sobre la ganancia obtenida por la enajenación de inmuebles ubicados en la entidad federativa de que se trate, con independencia de que el contribuyente tenga su domicilio fiscal fuera de dicha entidad.

  • Actividades empresariales.

Tratándose de personas físicas que obtengan ingresos por actividades empresariales la tasa del impuesto que se podrá establecer estará entre el 2% y el 5%. Las entidades federativas que establezcan el impuesto a que se refiere esta fracción únicamente podrán gravar la utilidad gravable obtenida por los contribuyentes, por los establecimientos, sucursales o agencias que se encuentren en la entidad federativa de que se trate.

El impuesto sobre los ingresos por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles corresponderá a la entidad federativa en donde se encuentre ubicado el inmueble de que se trate, con independencia de que el contribuyente tenga su domicilio fiscal fuera de dicha entidad.

Cálculo para el pago provisional del impuesto cedular

El pago provisional se determinará restando de la totalidad de los ingresos obtenidos en el mes por el que declarar, las deducciones del mismo periodo; al resultado que se obtenga se le aplicará la tasa que establezca anualmente la Ley de Ingresos para la entidad referida.

Como vemos, dicha tasa (del 2% al 5%) variará dependiendo de la entidad federativa de que se trate.

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