Por Alberto Copado
Finalmente con el uso de la tecnología, en 2012, se incluyeron en el texto de Ley, las regulaciones sobre el Sistema Electrónico Aduanero (SEA), que permiten a los usuarios del comercio exterior realizar trámites de importación, exportación, tránsito de mercancías; y desde luego, transmitir y presentar documentación digitalizada o archivos electrónicos.
Tal como lo establece el artículo sexto, de la Ley Aduanera (LA), “Cuando las disposiciones de esta ley obliguen a transmitir o presentar información ante la autoridad aduanera, ésta deberá transmitirse a través del sistema electrónico aduanero, mediante documento electrónico o digital” para ello, se utilizará la Firma Electrónica Avanzada (FIEL) o el sello digital como lo establece el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
Hoy en día, se transmiten a la autoridad aduanera los documentos digitalizados que amparan el valor de la mercancía COVE o Comprobante de Valor Electrónico, para ello se utiliza el sello digital que se genera con la FIEL por medio del programa Certifica antes Manual de Usuario de la Aplicación: Solicitud de Certificado Digital (SOLCEDI), anteponiendo en “SUCURSAL” la palaba “COVE” o “VUCEM” según aplique para la generación del sello; este COVE sustituye además, documentos de cruce como la factura pro-forma.
Los documentos electrónicos o digitales tienen pleno valor legal y probatorio y formaran parte de la contabilidad del contribuyente.
No existe un definición de qué es un pedimento, pero diremos que: el pedimento es considerado una declaración fiscal en documento electrónico, que contiene los datos de la mercancía, su procedencia, los impuestos pagados, el proveedor, el consignatario, además de los datos fiscales del importador o exportador; de manera general podemos decir que un pedimento es el documento fiscal que se presenta ante la autoridad para demostrar que se cumplieron con todas las contribuciones que genera la mercancía importada o exportada.
Los tipos de pedimentos con los que podemos encontrarnos que se encuentran descritos en el anexo 1 de las reglas generales de comercio exterior inciso G son:
- El pedimento regular, los instructivos para el llenado de los diferentes tipos de pedimentos los podemos encontrar en el Anexo 1 de la Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior (RCGCE), donde se menciona el llenado campo por campo, en el inciso G1 del anexo; el pedimento es un formato dinámico conformado por bloques que deberá ser impreso conforme a la información que deba ser declarada:
a) El bloque está conformado por el “nombre del bloque”, “nombre del campo” y la “información declarada.
b) Los bloques que contiene el pedimento son:
• Encabezado principal del pedimento.
• Encabezado para páginas secundarias del pedimento.
• Pie de página de todas las hojas del pedimento.
• Fin del pedimento.
• Encabezado de datos del proveedor o comprador.
• Datos del transporte y transportista.
• Candados.
• Guías, manifiestos o conocimientos de embarque.
• Contenedores/carro de ferrocarril/número económico del vehículo.
• Identificadores (Nivel del pedimento).
• Cuentas aduaneras y cuentas aduaneras nivel de garantía del pedimento.
• Descargos.
• Compensaciones.
• Documentos que amparan las formas de pago: Fianza, Cargo a partida presupuestal gobierno federal, certificados especiales de tesorería público y privado.
• Observaciones.
• Encabezado de partidas.
• Mercancías.
• Identificadores (nivel partida).
• Regulaciones, restricciones no arancelarias y nom.
• Identificadores (nivel partida).
• Cuentas aduaneras de garantía a nivel partida.
• Determinación y pago de contribuciones.
• Observaciones a nivel partida.
• Rectificación.
• Pedimento complementario.
- Pedimento de importación/exportación. Parte II embarque parcial de mercancías, se utiliza cuando el despacho de las mercancías se realiza en más de un vehículo, en las operaciones por ferrocarril, maquinaria o líneas de producción desmontada, animales vivos, mercancías a granel, laminas metálicas o rollos de alambre, ensambles de la industria automotriz, embarques de mercancía de la misma marca, modelo y calidad siempre que no tengan número de serie.
- Pedimento de tránsito para el transbordo, esta figura se utiliza para el movimiento de mercancías en un mercado global, que permite no pagar los impuestos del comercio exterior y se utiliza para que las mercancías transiten por el territorio nacional de una aduana a otra.
- Aviso o Pedimento consolidado, es utilizado por maquiladoras y empresas IMMEX para el despacho aduanero de sus importaciones temporales, se utiliza además en todo tipo de exportaciones donde se declaran varias operaciones de exportación e importación.
- Documento de operación para despacho aduanero o DODA, se utiliza como parte del despacho aduanero por medio de un código bidimensional QR (Quick response code) sin que sea necesaria la presentación impresa del pedimento, aviso o pedimento consolidado o copia simple, este documento es generado en base a la información de los pedimentos validados y pagados, puede utilizarse para los diferentes pedimentos mencionados excepto para el de tránsito.
El objetivo del Servicio de Administración Tributaria (SAT) con el sistema de electrónico aduanero, es mantener una aduana “sin papel” que facilite el despacho aduanero para hacerlo más rápido, fácil y ágil, para poder dominar el instructivo del llenado del pedimento se requiere de mucha practica en los diferentes software que existen en el mercado y una especialización por regímenes aduaneros o tipo de operación, lo cual ya está pasando con la elaboración de los Comprobante fiscal digital (CFDI), en donde sin duda ya se requiere toda una especialización para sus elaboración y dominio tanto de sus diferentes tipos, sus complementos, catálogos, sin olvidar los más de cincuenta mil tipos de productos a elegir para facturar.
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