marco juridico 2 1
Marco jurídico de Comercio Exterior en México. Parte 2

Por Fernando Castro Hernández.

En esta segunda entrega, revisamos los aspectos fundamentales en materia de Comercio Exterior sobre Decretos de Fomento a la Exportación, Acuerdos de Regulación y Restricción Comercial, Resoluciones o Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, Avisos y Circulares.

Si quieres conocer los aspectos principales, ve a nuestro artículo anterior, donde revisamos la Constitución, así como las Leyes y reglamentos Federales.

Decretos de Fomento a la Exportación:

1. Decreto para el fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX).

Tiene como objetivo fomentar la exportación, brinda facilidades a las empresas manufactureras, maquiladoras y de servicios de exportación para realizar procesos industriales o de servicios a mercancías de exportación.
Ha sido desde la firma del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) y hasta la fecha el programa más exitoso para la instalación de plantas productivas y contratación de mano de obra calificada de las industrias de la transformación.

2. Decreto por el que se establecen diversos programas de promoción sectorial (PROSEC).

El programa identifica 24 sectores productivos a los que equipaba con reducciones arancelarias, comenzó agremiando exclusivamente a empresas exportadoras, pero con el paso del tiempo el beneficio se extendió a las industrias de la transformación que atienden al mercado local.

3. Decreto que establece la devolución de impuestos de importación a los exportadores (Drawback).

Establece el mecanismo mediante el cual opera la devolución del Impuesto General de Importación (IGI) pagado por la importación de mercancías o insumos incorporados a mercancías de exportación, aunque también podría aplicar a mercancías que retornan al extranjero en el mismo estado en el que fueron importados.
En pocas palabras es un esquema de devolución de impuestos de comercio exterior mediante un trámite electrónico que se gestiona a través de la Secretaría de Economía.

4. Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte.

Se establece un impuesto de comercio exterior muy competitivo y exclusivo de las regiones colindantes con las fronteras. El programa ha dejado de ser atractivo ya que a partir de las reformas fiscales del 2013, se redujeron las industrias que podían acceder al beneficio. El objetivo primordial es hacer de esta zona fronteriza un mercado atractivo para la población local y para los extranjeros, fomentando la actividad comercial de la frontera en lugar de que los habitantes busquen surtir sus necesidades en los países vecinos. La administración actual está instrumentando nuevos esquemas fiscales complementarios para potencializar estas zonas geográficas.

Acuerdos de Regulación y Restricción Comercial

Las regulaciones y restricciones son mecanismos con los que cuenta el Poder Ejecutivo para regular la entrada y salida de mercancías del territorio nacional. Tienen el objetivo de garantizar la calidad, seguridad, estandarización, origen y esquemas de competencia justos. De conformidad con la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF), las Secretarías de Estado establecen los acuerdos de regulación, buscando velar por los objetivos planteados en los distintos ordenamientos legales que regulan su actuación.

Las principales regulaciones y restricciones según la dependencia a cargo son:

1. Secretaría de Salud (SSA):

a. Regulaciones Sanitarias de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios:
• Autorización sanitaria previa de importación (permisos previos).
• Productos que se destinen al consumo humano o para uso en los procesos de la industria de alimentos para consumo humano.
• Medicamentos, farmacoquímicos y materias primas (estupefacientes y sustancias psicotrópicas) para uso humano o en la industria farmacéutica.
• Uso en diagnóstico, tratamiento, prevención o rehabilitación de enfermedades en humanos, o para pruebas de laboratorio.
• Sustancias químicas, incluyendo aquellas susceptibles de desvío para la fabricación de armas químicas.
• Tabaco.
• Autorización Sanitaria Previa de Exportación o Autorización de Salida.

b. Regulaciones Sanitarias de la Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Pesticidas:
• Autorización de importación.
• Plaguicidas.
• Sustancias tóxicas.
• Fertilizantes y nutrientes.
• Autorización de exportación de sustancias tóxicas, incluyendo aquellas susceptibles de desvío para la fabricación de armas químicas previstas en el listado nacional.

c. Regulaciones Sanitarias de Productos Químicos Esenciales sujetos a la presentación de Aviso Previo.
• Aviso Previo de Exportación de los productos químicos esenciales, y sus sales.

2. Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SAGARPA):

a. Requisitos zoosanitarios de importación.
• Productos químicos, farmacéuticos y biológicos, para uso en animales (excepto acuáticos).
• Animales, bienes de origen animal o alimentos para consumo de animales (excepto acuáticos).

b. Requisitos para la importación de especies acuáticas.
• Especies acuáticas, sus productos y subproductos, productos biológicos, químicos, farmacéuticos o alimenticios para uso o consumo.
• Inspección en el punto de entrada al país.
• Requisitos fitosanitarios de importación.

c. Regulaciones de la Asociación Mexicana del Café (AMECAFE):
• Certificado de origen de exportación.

3. Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT):

a. Mercancía sujeta a presentación de Permiso o Certificado de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestres (CITES).
• Ejemplares.
• Partes y derivados.

b. Bienes de uso dual.

c. Aviso de retorno de residuos, materiales y/o sustancias peligrosas.

4. Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA):

  • Armas.
  • Explosivos.
  • Químicos y pirotecnia.
  • Maquinas y artefactos.

5. Prohibición de Exportación e Importación.

Material bélico y similares provenientes o con destino de los siguientes países: Somalia, Iraq, Congo, Costa de Marfil, Sudán, Corea del Norte, Irán, Eritrea, Liba, Afganistán, Al-Qaeda y los Talibanes.

6. Permisos Previos de la Secretaría de Economía para mercancía de uso Dual:

  • Bienes de uso dual.
  • Armas convencionales, partes y componentes.
  • Software y tecnologías.
  • Equipos (nucleares)
  • Sustancias químicas precursoras.

7. Secretaría de Energía (SENER):

Autorización previa de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias.
Transmisión de datos asimilable a Exportación.

8. Secretaría de Educación Pública (SEP):

INAH / INBA

a. Autorización previa:
• Bienes considerados como monumentos históricos.
• Bienes declarados como monumentos históricos.

9. Marcado de país de origen.

10. Secretaría de Economía (SE):

  • Permisos previos.
  • Normas Oficiales Mexicanas.
  • Cuotas compensatorias.
Manuales de Organización

Es facultad de las Secretarías, así como de su Órganos y departamentos expedir los manuales de organización, procedimientos y servicios que se brindan al público. Estos deben expedirse mediante publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), según se indica en la LOAPF. A continuación se presentan las referencias más importantes para éste artículo:
1. Manual de Organización General de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicado en DOF el 24 de agosto de 2018.
2. Manual de Organización General del Servicio de Administración Tributaria, publicado en el DOF el 05 de enero de 2016.
3. Manual de Organización General de la Secretaría de Economía, publicado en le DOF el 27 de abril de 2018.

Resoluciones o Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior

1. De la Secretaría de Hacienda

Han cobrado importancia desde la publicación de la Ley Aduanera a principios de los años noventas, ya que dentro de la Ley se hace referencia constante a la consulta complementaria de las reglas para conocer los requisitos, procedimientos y detalles de la operación aduanera. Son publicadas obligatoriamente por la Secretaría de Hacienda de conformidad con lo establecido en el Código Fiscal de la Federación en su artículo 33, fracción I, inciso g).

Títulos que las conforman:
1. Disposiciones generales y actos previos al despacho.
2. Entrada, salida y control de mercancías.
3. Despacho de mercancías.
4. Regímenes aduaneros.
5. Demás contribuciones.
6. Actos posteriores al despacho.
7. Esquema Integral de certificación.

2. De la Secretaría de Economía
Su importancia se relaciona directamente con la Ley de Comercio Exterior, se establecen procedimientos para la obtención de las regulaciones, restricciones y gestiones con la Secretaría de Economía. Se publicaron por primera vez el 31 de diciembre de 2012 y se han reformado en más de una veintena de ocasiones.

Títulos que las conforman:
1. Disposiciones generales.
2. Aranceles y Medidas de Regulación y Restricción No Arancelarias del Comercio Exterior.
3. Programas e instrumentos de fomento.
4. Sistema Integral de Información de Comercio Exterior.
5. Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior.

Avisos

Son publicados por las Secretarías de Estado en concordancia con sus obligaciones detalladas en su Reglamento Interior, con la finalidad de notificar a los interesados sobre asuntos de interés particular como podrían ser la vigencia, aplicación y estudio de las cuotas compensatorias.

Circulares

Emitidas por funcionarios fiscales acreditados, quienes dan a conocer a las distintas dependencias algún criterio a seguir en cuanto a la aplicación de la normativa fiscal o aduanera, esto significa que tampoco pueden derivar de estas obligaciones para los particulares, sin embargo, podrán otorgar algunos derechos cuando se publiquen en el DOF.

Organización, Resoluciones o Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, Avisos y Circulares.

Síguenos en Facebook

Contenido recomendado:

Los comentarios u opiniones contenidos en los artículos publicados en Soy Conta, son responsabilidad de su autor, pudiendo ser distintos a los criterios dados a conocer por las autoridades fiscales; tampoco representan una asesoría, consejo o prestación de servicios de ninguna índole. 2018. Se prohíbe su reproducción total o parcial.

 

error: Content is protected !!