Reforma al Sistema de Pensiones 2021 (2023)

Por: L.C. Luis Velasco.

El miércoles 16 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social y de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. (Se anexa liga: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5607729&fecha=16/12/2020)

Como se recordará hace algunos meses se presentó una Iniciativa en materia de reformas a las pensiones de la cual también publicamos una nota.

Uno de los principales aspectos de la reforma propuesta, finalmente aprobada y publicada, es el correspondiente al actual sistema de pensiones mediante el incremento de la cuota patronal en el ramo de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

Sin embargo, aunque la reforma antes mencionada entra en vigor a partir de 2021, de manera transitoria dichos cambios serán de forma progresiva. Como se muestra a continuación estos incrementos iniciarán de forma efectiva a partir del 1 de enero de 2023 y finalizará en 2030:

 

 

Como puede observarse, por lo que respecta a 2021 y hasta 2022, las empresas seguirán aportando como hasta ahora, una cuota del 3.150% sobre el salario base de cotización (SBC) del trabajador para los ramos de cesantía en edad avanzada y vejez, por lo que será a partir de 2023, cuando iniciaría efectivamente el incremento gradual de las tasas de acuerdo con el monto del SBC del trabajador.

Es también de destacar que, será hasta el 2030 cuando se alcance el máximo de la cuota (11.875%) para SBC superiores a 4.01 UMA, lo que representa un incremento de 8.725% en relación a la que se paga actualmente en este ramo (3.150%)

Derivado de lo anterior, no obstante que estos incrementos comenzarán afectivamente a darse hasta 2023, es importante efectuar las adecuaciones correspondientes a los sistemas de nómina para el correcto cálculo de las cuotas mencionadas anteriormente.

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