declaraciones de impuestos complementarias
Declaraciones de impuestos complementarias, situaciones a considerar

Por: L.C. César Aguilar Aguilar.

Los contribuyentes, personas físicas y personas morales —que están obligados a presentar declaraciones de impuestos— tienen el derecho de presentar declaraciones complementarias, siempre que observen lo dispuesto en el artículo 32 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

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contabilidad electronica personas fisicas
Personas físicas obligadas al envío de Contabilidad Electrónica 2022

Por: Mtro. y L.C. Alejandro Bolaños Pérez.

Conoce a los diversos contribuyentes, personas físicas, que están obligadas a enviar su Contabilidad Electrónica.

El artículo 28 del CFF establece que las personas —entiéndase físicas o morales— que estén obligadas a llevar Contabilidad mantendrán en medios electrónicos los registros o asientos que integran su Contabilidad.… Continuar Leyendo

contabilildad en la nube
Implicaciones fiscales por llevar la Contabilidad en la nube

Por: L.C. César Aguilar Aguilar.

Antes de analizar cuáles son las implicaciones fiscales relativas a depositar la Contabilidad de un negocio en la nube, es importante revisar las disposiciones mercantiles y fiscales que establecen la obligación de llevar Contabilidad.

Primero debemos atender a lo dispuesto en el Código de Comercio que, en su artículo 33, señala que el comerciante está obligado a llevar y mantener un sistema de contabilidad adecuado.… Continuar Leyendo

descuentos devoluciones RESICO
Descuentos y devoluciones sobre ventas para PF en RESICO, ¿no disminuible de ingresos?

Por: Mtro. y L.C. Alejandro Bolaños Pérez

Conoce cómo funcionan los ingresos acumulables para RESICO y qué pasa cuando tenemos una devolución o descuento en este nuevo régimen.

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para Personas Físicas —vigente a partir del 1 de enero del 2022— establece que los ingresos que se acumularán son aquellos efectivamente cobrados, lo cual está dispuesto en el párrafo 5to del artículo 113-E de la LISR:

“Los contribuyentes determinarán los pagos mensuales considerando el total de los ingresos que perciban por las actividades a que se refiere el primer párrafo de este artículo y estén amparados por los comprobantes fiscales digitales por Internet efectivamente cobrados, sin incluir el impuesto al valor agregado y sin aplicar deducción alguna, considerando la siguiente tabla […]”

Aquí se destacan dos puntos: primero, los ingresos que se acumulan son aquellos amparados con CFDI; y segundo, que sean efectivamente cobrados.… Continuar Leyendo

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