
Por L.C. César Aguilar Aguilar
Conforme a las disposiciones fiscales, es importante considerar que mucha de la documentación en las empresas forma parte de la contabilidad, la cual debe conservarse en el tiempo.
De acuerdo con el artículo 30 del Código Fiscal de la Federación (CFF), tercer párrafo, el plazo de conservación de la contabilidad y documentación es de 5 años, contado a partir de la fecha en la que se presentaron o debieron haberse presentado las declaraciones con ellas relacionadas.… Continuar Leyendo